Subvenciones para la rehabilitación de viviendas. Línea 3. Edificios residenciales colectivos - Convocatoria 2021. 2069. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener una ayuda económica para realizar obras de rehabilitación en edificios residenciales colectivos, mejorando la eficiencia energética, sostenibilidad, conservación, seguridad y accesibilidad.

¿Quién puede solicitarlo?

Propietarios de edificios, propietarios únicos o agrupados, y comunidades de propietarios de edificios residenciales colectivos en Aragón.

Requisitos principales

  • El edificio debe tener una antigüedad anterior a 1996 (excepto si residen personas con discapacidad).
  • Al menos el 70% de la superficie construida sobre rasante debe ser de uso residencial (excluida la planta baja).
  • Al menos el 50% de las viviendas deben ser domicilio habitual y permanente de los propietarios o arrendatarios.
  • Las actuaciones deben referirse principalmente a elementos comunes del edificio y estar incluidas en las actuaciones subvencionables.
  • Debe existir un acuerdo de la comunidad de propietarios con fecha posterior al 1 de enero de 2018.
  • Las personas beneficiarias deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Ser titular de una cuenta bancaria para el pago de la subvención.

Plazos

El plazo de presentación fue del 14/06/2021 al 13/07/2021.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

La subvención máxima es del 40% del coste subvencionable, con un límite de 8.000 euros por vivienda y 80 euros por metro cuadrado de local comercial que participe en los gastos. Puede incrementarse en 1.000 euros adicionales para edificios declarados Bienes de Interés Cultural, catalogados o con protección integral.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para la rehabilitación de edificios residenciales colectivos en Aragón. El objetivo es mejorar la eficiencia energética, la sostenibilidad, la conservación, la seguridad y la accesibilidad de las viviendas.

Quién puede usar este servicio:

  • Propietarios de edificios.
  • Propietarios únicos y agrupados de edificios.
  • Comunidades de propietarios.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de que el edificio cumple con los requisitos de antigüedad y uso.
  • Reúne toda la documentación necesaria.
  • Ten a mano un método de identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud cumplimentada a través del tramitador electrónico.
  • Acreditación de representación (si aplica).
  • Proyecto técnico o memoria técnica.
  • Presupuesto del contratista.
  • Otros presupuestos (si aplica).
  • Licencia o autorización urbanística.
  • Acreditación de vivienda habitual.
  • Documentación fotográfica.
  • Acta de la comunidad.
  • Certificado de inicio y fin de obras (si aplica).
  • Comunicación de la puesta en servicio de las instalaciones (si aplica).
  • Documentación final de obra (si aplica).
  • Otras subvenciones (si aplica).
  • Documento firmado por varios beneficiarios (si aplica).
  • Documentación acreditativa de protección patrimonial (si aplica).

Requisitos previos:

  • El edificio debe tener una antigüedad anterior a 1996 (excepto si residen personas con discapacidad).
  • Al menos el 70% de la superficie construida debe ser de uso residencial.
  • Al menos el 50% de las viviendas deben ser domicilio habitual.
  • Las actuaciones deben referirse a elementos comunes del edificio.
  • Debe existir un acuerdo de la comunidad de propietarios.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Costes y plazos:

  • El coste depende de la documentación a aportar (honorarios técnicos, etc.).
  • El plazo de presentación fue del 14/06/2021 al 13/07/2021.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación: Asegúrate de tener todos los documentos necesarios en formato electrónico.
  2. Accede al tramitador electrónico: Pulsa en "Iniciar trámite" en la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
  3. Completa la solicitud: Rellena todos los campos obligatorios del formulario.
  4. Sube la documentación: Adjunta los documentos requeridos.
  5. Firma electrónicamente: Utiliza tu DNIe, certificado electrónico o cl@ve para firmar la solicitud.
  6. Presenta la solicitud: Envía la solicitud a través del tramitador electrónico.

Información sobre cada etapa:

  • Documentación: Consulta la sección "Documentación" para conocer los documentos necesarios.
  • Tramitador electrónico: Sigue las instrucciones del tramitador para completar y presentar la solicitud.
  • Firma electrónica: Si no tienes firma electrónica, puedes completar el proceso telemáticamente, descargar la solicitud, firmarla y presentarla de forma presencial.

Tiempos de espera:

  • El plazo de resolución no está especificado en la información proporcionada.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración revisará la solicitud y la documentación aportada.
  • Si falta información, te requerirán para que la subsanes.
  • Recibirás una notificación con la resolución de la solicitud.

Plazos de resolución:

  • No especificado.

Siguientes pasos:

  • Si la resolución es favorable, sigue las instrucciones para justificar la subvención y recibir el pago.
  • Si la resolución es desfavorable, puedes interponer un recurso.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • Consulta la sección de preguntas frecuentes para resolver dudas comunes sobre el trámite.

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