Subvenciones para la rehabilitación de viviendas individuales, línea 1. 1940. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar subvenciones para la rehabilitación de viviendas unifamiliares en Aragón, destinadas a mejorar la eficiencia energética, sostenibilidad, conservación, seguridad y accesibilidad.
¿Quién puede solicitarlo?
Propietarios, arrendatarios y usufructuarios que asuman los gastos de rehabilitación.
Requisitos principales
- La vivienda debe tener una antigüedad anterior a 1996, excepto si residen personas con discapacidad igual o superior al 33%.
- La vivienda debe ser el domicilio habitual y permanente de sus propietarios o arrendatarios.
- La vivienda debe ser la residencia habitual de alguna persona con grado de discapacidad reconocido mayor o igual del 33 % y/o personas de edad igual o superior a 65 años.
- Las actuaciones deben ser obras de reforma y adecuación de espacios habitables en planta baja para mejorar la accesibilidad, intervenciones que faciliten la accesibilidad universal en espacios interiores y de circulación, así como intervenciones para facilitar la accesibilidad del edificio.
- Los beneficiarios deben estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- Los beneficiarios deben ser titulares o cotitulares de una cuenta bancaria facilitada para ser dado de alta en la base de datos de Relaciones con Terceros.
Plazos
El plazo de presentación fue del 14/06/2021 al 13/07/2021. Actualmente, está fuera de plazo.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
La cuantía máxima de la subvención es del 40% del coste subvencionable, sin superar los 8.000 euros por vivienda. Esta cuantía puede incrementarse en 1.000 euros más si se trata de edificios declarados Bienes de Interés Cultural, catalogados o que cuenten con protección integral.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para la rehabilitación de viviendas unifamiliares en Aragón. Estas ayudas están enmarcadas dentro del Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, específicamente en los programas de mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad, así como en el fomento de la conservación, seguridad y accesibilidad.
Quién puede usar este servicio:
- Propietarios
- Arrendatarios y usufructuarios que asuman los gastos de rehabilitación
Lo que necesitas
Requisitos:
- La vivienda debe tener una antigüedad anterior a 1996, excepto en casos de personas con discapacidad.
- Debe ser el domicilio habitual y permanente del solicitante.
- Las obras deben estar relacionadas con la mejora de la accesibilidad, eficiencia energética, sostenibilidad, conservación y seguridad.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Documentos requeridos:
- Solicitud cumplimentada.
- Acreditación de representación (si aplica).
- Documentación técnica (proyecto o memoria).
- Presupuesto detallado de las obras.
- Licencia urbanística o justificante de solicitud.
- Acreditación de vivienda habitual.
- Certificado de discapacidad (si aplica).
- Documentación fotográfica del estado actual de la vivienda.
- Acuerdo con el propietario (si el solicitante es arrendatario o usufructuario).
- Justificantes de inicio y finalización de obras (si procede).
- Otros documentos específicos según el caso.
Costes y plazos:
- La cuantía de la subvención es de un máximo del 40% del coste subvencionable, sin superar los 8.000 euros por vivienda.
- El plazo de presentación fue del 14/06/2021 al 13/07/2021.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud de forma telemática o presencial.
- Si es necesario, subsana la documentación requerida.
- Espera la resolución del trámite.
Presentación de la solicitud:
- Telemática:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica en este enlace.
- Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente. En caso de no tener firma electrónica, puedes completar todo el proceso telemáticamente (solicitud y documentación), descargar la solicitud, firmarla y entregarla de forma presencial.
- Presencial:
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
- Presenta la documentación correspondiente en esa oficina.
Cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. . Y también se incluye en esta modalidad otras formas de presentación electrónica, a través del Registro Electrónico del Gobierno de Aragón, REGA.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la solicitud y la documentación.
- Si falta información, se te requerirá para que la subsanes.
- Se emitirá una resolución aprobando o denegando la subvención.
Acciones disponibles durante la tramitación:
- Subsanación: Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
- Aportación: Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
- Resolución: Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto:
- Correo electrónico: rehabilitacion@aragon.es
- Teléfonos:
- Subdirección Provincial de Huesca: 974 293 070
- Subdirección Provincial de Teruel: 978 641 028
- Subdirección Provincial de Zaragoza: 976 715 300 / 976 715 312
Recursos adicionales:
- Modelo Justificación Obras Terminadas
- Guía rápida de ayuda al ciudadano
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
- Servicio de Información y Registro: 976 714 000 / infoyregistro@aragon.es
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: 976 289 414 / soportesda@aragon.es / Formulario de Solicitud de Soporte Técnico / WhatsApp: +34 973 901 905 (Más información sobre el canal WhatsApp)
Normativa:
- Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, Plan Estatal de Vivienda 2018-2021
- Decreto 223/2018, de 18 de diciembre, Plan Aragonés de Vivienda 2018-2021
- Decreto 223/2018, de 18 de diciembre, Plan Aragonés de Vivienda 2018-2021 (Corrección de errores)
- Orden VMV/488/2021, de 7 de mayo, Subvenciones para la rehabilitación de accesibilidad en edificios y viviendas, correspondientes al Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, para el año 2021