Subvenciones para la financiación de proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania - Convocatoria 2022. 275. Trámites Gobierno
Información Rápida
Objetivo
Obtener subvenciones del Gobierno de Aragón para financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas privadas, entidades sin ánimo de lucro, entes públicos y entidades de la Administración local de Aragón que desarrollen proyectos de cooperación transfronteriza con la región francesa de Nueva Aquitania.
Requisitos principales
- Podrán ser entidades beneficiarias las empresas privadas y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en Aragón, los entes públicos con sede y actividad en Aragón, y las entidades que integran la Administración local aragonesa.
- Los miembros asociados de la entidad beneficiaria que se comprometan a efectuar la totalidad o parte de las actividades que fundamentan la concesión de la subvención en nombre y por cuenta de la primera tendrán igualmente la consideración de entidades beneficiarias.
- Las entidades beneficiarias deberán tener, al menos, un socio en el proyecto que tenga domicilio social o sede en la región francesa de Nueva Aquitania, siendo necesario que el socio francés haya presentado, asimismo, solicitud de subvención ante el Consejo Regional de Nueva Aquitania.
Plazos
Plazo de presentación: Del 24/12/2021 al 15/02/2022 (Fuera de plazo)
Duración del trámite
Plazo máximo de resolución: 3 meses
Información adicional
La subvención no podrá superar el 50% de la inversión.
Resumen
Este trámite permite a personas y entidades solicitar subvenciones del Gobierno de Aragón para financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania.
Quién puede usar este servicio:
- Empresas privadas y entidades sin ánimo de lucro con domicilio social en Aragón.
- Entes públicos con sede y actividad en Aragón.
- Entidades que integran la Administración local aragonesa.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Memoria explicativa del proyecto: Descargar modelo Memoria
- Plan de financiación con presupuesto detallado: Descargar modelo Plan de financiación
- Resumen de actividades con cronograma: Descargar modelo Resumen de actividades con cronograma
- Carta de compromiso: Fotocopia del compromiso de ejecución del proyecto firmado por todos los socios: Descargar modelo Carta de compromiso
- Declaraciones responsables: De no estar incurso en prohibiciones para ser entidad beneficiaria, sobre percepción de otras ayudas o ingresos, sobre recuperación o compensación de impuestos indirectos, sobre el cumplimiento de la legislación medioambiental, de transparencia, de no haber sido sancionada en materia laboral, de igualdad entre hombres y mujeres, de derechos de las personas LGTBI, de memoria democrática, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo, sobre datos bancarios y, en el caso de empresas privadas, sobre ayudas de mínimis; y en el caso de entidades locales, de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, así como de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores: Descargar modelo Declaraciones responsables
Requisitos:
- Ser una empresa privada, entidad sin ánimo de lucro, ente público o entidad de la Administración local aragonesa.
- Tener al menos un socio en el proyecto con domicilio social o sede en la región francesa de Nueva Aquitania, que también haya solicitado la subvención al Consejo Regional de Nueva Aquitania.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo de presentación fue del 24/12/2021 al 15/02/2022 (Fuera de plazo).
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La Administración puede solicitar subsanación si falta información.
- Plazo máximo de resolución: 3 meses.
- Si no se resuelve en plazo, puede entenderse como silencio administrativo.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 713 867
- Correo electrónico: accionexterior@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable:
DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES, ACCIÓN EXTERIOR Y TRANSPARENCIA
Normativa:
- Orden PRI/1750/2021, de 16 de diciembre, por la que se convocan subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y la región francesa de Nueva Aquitania durante el año 2022.
- Orden PRI/1331/2021, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a financiar proyectos de cooperación transfronteriza entre la Comunidad Autónoma de Aragón y las regiones francesas de Nueva Aquitania y Occitania
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones