SUBVENCIONES PARA LA EJECUCIÓN DE ACCIONES FORMATIVAS DIRIGIDAS PRIORITARIAMENTE A LOS TRABAJADORES DESEMPLEADOS

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

El plazo máximo para resolver las solicitudes de subvenciones será de seis meses a partir de la fecha de publicación de esta orden, entendiéndose como desestimadas si transcurrido dicho plazo, no se hubiese notificado resolución expresa.

Convocar, para el ejercicio 2018, las subvenciones destinadas a la financiación de acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras prioritariamente desempleadas en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Quién puede solicitarlo

Centros y entidades de formación, mencionados en el artículo 14.2.c) de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, cuando se hallen inscritos y/o acreditados a fecha de publicación de esta convocatoria, en el Registro de centros colaboradores del Instituto Aragonés de Empleo o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, siempre y cuando dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas.

Requisitos y observaciones

Podrán participar en la presente convocatoria los centros y entidades de formación, mencionados en el artículo 14.2.c) de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, cuando se hallen inscritos y/o acreditados a fecha de publicación de esta convocatoria, en el Registro de centros colaboradores del Instituto Aragonés de Empleo o, en su caso, en el Registro Estatal de Entidades de Formación, siempre y cuando dispongan de instalaciones en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón debidamente inscritas y/o acreditadas.
La petición de acciones correspondientes a cada convocatoria debe ser cumplimentada y remitida al INAEM por conexión telemática.
La conexión informática con el Servicio de Formación del INAEM se realizará según «el procedimiento simplificado de conexión telemática» recogido en el Anexo IV de la Orden.
El plazo para la presentación de solicitudes de programación será de 20 días hábiles, a contar desde el 1 de febrero de 2019, inclusive

Qué documentación necesito

Con objeto de agilizar los procesos de recepción y valoración de las acciones formativas presentadas por los centros y entidades de formación, el INAEM dispone del Procedimiento Automático de Solicitud (P.A.S).
No obstante, la solicitud deberá ser presentada por cualquier medio regulado en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Directora Gerente del INAEM, la siguiente documentación debidamente cumplimentada, en formato papel:
a) Modelo normalizado de solicitud (Anexo III), en el que declara:
-Que toda la información y datos aprobados en la solicitud son veraces y fiel reflejo de la enviada por vía telemática.
-Que posee las autorizaciones necesarias de las personas cuyos datos se derivan de la presente solicitud para el tratamiento informático de los mismos, de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 de protección de datos y con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre.
-Que no se halla incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-Que la entidad no tiene deudas con la Comunidad Autónoma de Aragón por reintegro de subvenciones en periodo voluntario ni en vía ejecutiva o, en su caso, que tiene deudas con la Comunidad Autónoma de Aragón aplazadas, fraccionadas o suspendidas con ocasión de la impugnación de la correspondiente resolución de reintegro, indicando las referencias correspondientes al expediente administrativo.
- Que la entidad no ha sido excluida del acceso a beneficios por la comisión de infracciones reguladas en el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto.
- Que no ha sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencia firme por acciones consideradas discriminatorias por razón de género, de acuerdo con el artículo 26.3 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón.
-Que no ha obtenido ninguna otra ayuda de carácter público para las mismas acciones y por el mismo concepto.
- Que acepta su inclusión en la lista pública de operaciones prevista en el artículo 115, apartado 2 del Reglamento (UE) nº 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013.
b) Que, en su caso, ha aportado junto a la solicitud los documentos acreditativos del cumplimiento de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, al presentar denegación expresa del consentimiento al INAEM para recabar los mismos, según lo establecido en el artículo 20 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo de Subvenciones de Aragón.
c) Listado de las acciones formativas e importe de la subvención solicitada, con indicación del programa formativo al que dirige cada una de ellas de entre los programas previstos en apartado tercero, punto 1 de esta convocatoria.
La conexión informática con el Servicio de Formación del Instituto Aragonés de Empleo se realizará según el procedimiento simplificado de conexión telemática recogido en el anexo IV.
Descargar formularios:
Convocatoria priritarios trabajadores desempleados 2018

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

ESTATAL
La Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.
El Real Decreto 694/2017, de 3 de julio por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, en el ámbito laboral.
La Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, regula el subsistema de formación profesional para el empleo, en materia de formación de oferta y establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación.
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Autonomica:
La Ley 2/2018, de 28 de febrero, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2018.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
ORDEN EIE/2081/2018, de 21 de diciembre, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones públicas para la ejecución de acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras prioritariamente desempleadas del Plan de Formación para el Empleo de Aragón

Organismo responsable

Departamento de Economía, Planificación y Empleo

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