Subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Conseguir financiación para contratar personal investigador predoctoral en formación (PIF) en centros de investigación y universidades de Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Centros y organismos de investigación, así como universidades públicas y privadas de Aragón.
Requisitos principales
- Centros de investigación y universidades deben desarrollar su actividad en Aragón.
- Cumplir con los requisitos de la convocatoria.
- El personal investigador debe tener título universitario con al menos 300 ECTS y estar admitido en un programa de doctorado.
- La persona que dirige la investigación debe tener el título de doctorado y estar vinculada al centro solicitante.
Duración del trámite
Variable según convocatoria.
Resumen
Este trámite permite a centros de investigación y universidades de Aragón solicitar subvenciones para contratar personal investigador predoctoral en formación (PIF).
¿Quién puede usar este servicio?
- Personas jurídicas (públicas y privadas)
- Que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Que sean seleccionadas aplicando los criterios de selección de la convocatoria
Lo que necesitas
Requisitos de los centros beneficiarios:
- Organismos o centros de investigación, públicos o privados, que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
- Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
- Cumplimiento de las condiciones sobre declaración de actividad económica, en su caso.
- Cumplimiento, mediante declaración responsable, de las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
Requisitos del personal investigador predoctoral en formación (PIF):
- Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS, según lo que dispone la orden de convocatoria.
- Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
- Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria, debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
- Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
- No poseer título de doctorado.
- No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
- Tener residencia legal en España.
Requisitos de la persona directora, y en su caso codirectora, de la investigación:
- Poseer el título de doctorado.
- Estar vinculado laboral o estatutariamente con el centro u organismo solicitante. Si la vinculación laboral no tiene carácter de fija, deberá constar en la solicitud un codirector o codirectora que tengan tal condición.
- Solo podrá constar como persona directora o codirectora en una solicitud.
Cómo hacerlo
El trámite consiste en presentar una solicitud para optar a las subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (PIF).
Ayuda
- Teléfono: De 08:00 a 15:00 horas. 976 714 399
- Correo electrónico: investigacion@aragon.es
- Teléfono: De 08:00 a 15:00 horas. 976 716 531
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN
Normativa
- Orden EMC/1428/2024, de 19 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de ciencia, investigación y transferencia del conocimiento.
- Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.