Subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación - Convocatoria 2025-2029. 10814. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a centros y organismos de investigación, así como a universidades de Aragón, solicitar subvenciones para contratar personal investigador predoctoral en formación.

¿Quién puede solicitarlo?

Universidades públicas o privadas, centros y organismos de investigación públicos o privados que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos principales

  • Ser un organismo o centro de investigación, público o privado, que desarrolle su actividad investigadora en Aragón y que contrate personal investigador predoctoral en formación.
  • Ser una universidad pública o privada que desarrolle su actividad investigadora en Aragón y que contrate personal investigador predoctoral en formación.
  • Cumplir las condiciones sobre declaración de actividad económica, en su caso.
  • Cumplir, mediante declaración responsable, las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
  • El personal investigador predoctoral debe estar en posesión de un título universitario con al menos 300 ECTS.
  • Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
  • Estar matriculado, admitido o preadmitido en un programa de doctorado de las universidades de Aragón.
  • Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
  • No poseer título de doctorado.
  • No ser persona beneficiaria ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
  • Tener residencia legal en España.
  • La persona directora de la investigación debe poseer el título de doctorado y estar vinculada laboral o estatutariamente con el centro u organismo solicitante.

Plazos

Plazo pendiente de definir.

Duración del trámite

3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Información adicional

Para más información, consulta los documentos y enlaces de interés proporcionados.

Resumen

Este trámite permite a los centros y organismos de investigación, así como a las universidades públicas y privadas de Aragón, solicitar subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (PIF).

Dirigido a

  • Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Centros y organismos de investigación públicos o privados que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Deben ser seleccionados aplicando los criterios de valoración de la convocatoria.

Requisitos

  • Requisitos de los centros beneficiarios:
    • Organismos o centros de investigación, públicos o privados, que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
    • Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
    • Cumplimiento de las condiciones sobre declaración de actividad económica, en su caso.
    • Cumplimiento, mediante declaración responsable, de las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
  • Requisitos del personal investigador predoctoral en formación (PIF):
    • Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS, según lo que dispone la orden de convocatoria.
    • Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
    • Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria, debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
    • Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
    • No poseer título de doctorado.
    • No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
    • Tener residencia legal en España.
  • Requisitos de la persona directora, y en su caso codirectora, de la investigación:
    • Poseer el título de doctorado.
    • Estar vinculado laboral o estatutariamente con el centro u organismo solicitante. Si la vinculación laboral no tiene carácter de fija, deberá constar en la solicitud un codirector o codirectora que tengan tal condición.
    • Solo podrá constar como persona directora o codirectora en una solicitud.

Cómo hacerlo

Presentación de la solicitud

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Después de hacerlo

Resolución

El plazo de resolución es de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. Este plazo podrá ser suspendido en los supuestos previstos en el artículo 22 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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