Subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación - Convocatoria 2021-2025. 268. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Conceder subvenciones a centros y organismos de investigación de Aragón para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (PIF).

¿Quién puede solicitarlo?

Centros y organismos de investigación de Aragón que contraten personal investigador predoctoral en formación (PIF).

Requisitos principales

  • Organismos o centros de investigación, públicos o privados, que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
  • Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
  • Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS.
  • Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
  • Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria, debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
  • Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
  • No poseer título de doctorado.
  • No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
  • Tener residencia legal en España.
  • Poseer el título de doctorado (persona directora).
  • Estar vinculado laboral o estatutariamente con el centro u organismo solicitante (persona directora).

Plazos

El plazo de presentación fue del 13/07/2021 al 02/08/2021.

Duración del trámite

3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Información adicional

Se ha modificado la Orden CUS/803/2021, de 8 de julio, mediante Orden CUS/1033/2023, de 2 de agosto, incluyendo un período de orientación postdoctoral tras la defensa de la tesis hasta la finalización completa del contrato predoctoral.

Resumen

Este trámite permite a los centros y organismos de investigación de Aragón solicitar subvenciones para contratar personal investigador predoctoral en formación (PIF).

Dirigido a

  • Personas jurídicas (públicas y privadas)
  • Que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón
  • Que sean seleccionadas aplicando los criterios de selección de la convocatoria

Requisitos

  • Requisitos de los centros beneficiarios:
    • Organismos o centros de investigación, públicos o privados, que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
    • Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
    • Cumplimiento de las condiciones sobre declaración de actividad económica, en su caso.
    • Cumplimiento, mediante declaración responsable, de las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
  • Requisitos del personal investigador predoctoral en formación (PIF):
    • Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS, según lo que dispone la orden de convocatoria.
    • Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
    • Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón, o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria, debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
    • Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
    • No poseer título de doctorado.
    • No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda, ni suscrito contrato predoctoral.
    • Tener residencia legal en España.
  • Requisitos de la persona directora, y en su caso codirectora, de la investigación:
    • Poseer el título de doctorado.
    • Estar vinculado laboral o estatutariamente con el centro u organismo solicitante. Si la vinculación laboral no tiene carácter de fija, deberá constar en la solicitud un codirector o codirectora que tengan tal condición.
    • Solo podrá constar como persona directora o codirectora en una solicitud.

Documentación

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

La siguiente documentación, referida al personal investigador predoctoral en formación (PIF), se presentará por dicho personal a través de la plataforma PIP:

  • Documentos acreditativos de estudios universitarios y de nota media
    • La documentación deberá ser conforme a lo dispuesto en el apartado tercero y cuarto de la orden de convocatoria, de acuerdo con las indicaciones del anexo I de la orden de convocatoria.
  • Carta de preadmisión, admisión o matrícula en la Escuela de Doctorado
  • Certificado de nacimiento de los hijos o hijas del PIF
    • En caso de alegar la situación sobre dedicación exclusiva a la atención y cuidado de hijos, que está prevista en el apartado cuarto, 1,b) tercer párrafo de la orden de convocatoria.
  • Pasaporte del personal investigador (PIF)
    • En caso de que no disponga de NIF ni NIE.
  • Curriculum vitae y méritos del personal investigador
  • Informe de vida laboral
    • En el caso de que presente contratación laboral previa para su valoración en el currículum vitae, de acuerdo con el apartado decimonoveno de la orden de convocatoria.
  • Memoria del proyecto de investigación
  • Reconocimiento del grado de discapacidad del PIF
    • En caso de que el PIF se oponga a la consulta de este dato por la Administración.
  • Acreditación de residencia legal del PIF
    • En caso de que el PIF se oponga a la consulta de este dato por la Administración.

La siguiente documentación, referida a la persona directora/codirectora de la investigación, se presentará por el personal investigador predoctoral en formación (PIF) a través de la plataforma PIP:

  • Vinculación laboral o estatutaria con el centro u organismo de investigación
    • Documento de nombramiento o toma de posesión de la persona directora de la investigación que le vincule laboralmente con el centro u organismo solicitante (y de la persona codirectora, cuando exista).
  • Pasaporte de la persona directora y/o codirectora
    • En caso de que no disponga de NIF ni NIE, la persona directora de la investigación, o codirectora cuando exista.
  • Curriculum vitae de la persona directora y/o codirectora
    • Currículum normalizado (abreviado) tanto de la persona directora (preferentemente FECYT, MINECO, SIDERAL, entre otros) como de la codirectora si la hubiese.
  • Méritos de la persona directora y/o codirectora

Documentación que consultará la administración

Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales.

[Ver detalles](sin enlace)

  • Reconocimiento de la discapacidad del PIF
    • En la que conste grado de reconocimiento, si procede.
  • Residencia legal
    • Situación de residencia legal del PIF en España, si procede.
  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
    • Certificado de estar al corriente expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones
    • Certificado de estar al corriente expedido por los órganos de la Administración Tributaria de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones

Información adicional

Modificación de la orden de convocatoria:

Se ha modificado la Orden CUS/803/2021, de 8 de julio, mediante Orden CUS/1033/2023, de 2 de agosto, incluyendo un período de orientación postdoctoral tras la defensa de la tesis hasta la finalización completa del contrato predoctoral.

https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1289915200404

Instrucciones para presentar la solicitud:

  1. Presentación de la solicitud por el centro u organismo de investigación a través del Tramitador online, en el plazo previsto en el apartado decimoquinto de la orden de convocatoria. Sólo podrá presentarse una única solicitud de un centro u organismo de investigación por PIF y persona directora y codirectora, en su caso.
  2. Presentación de datos y documentación del PIF a través de la Plataforma PIP, en el plazo previsto en el apartado decimoséptimo de la orden de convocatoria.

Importante: si el centro u organismo de investigación no ha presentado solicitud en la que se incluyan sus datos, el personal investigador predoctoral en formación no tendrá acceso a la plataforma PIP.

Declaraciones responsables:

Las declaraciones responsables del centro u organismo de investigación recogidas en el apartado decimosexto 2 de la orden de convocatoria están integradas, como parte de la solicitud, en el tramitador online.

Las declaraciones responsables del PIF recogidas en el apartado decimoséptimo 2 de la orden de convocatoria están integradas para su cumplimentación en la propia plataforma PIP.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

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