Subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación
Actualizado el 20 de febrero de 2025
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Objetivo
Financiar la contratación de personal investigador predoctoral en formación en centros de investigación y universidades de Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Centros y organismos de investigación,universidades públicas y privadas de Aragón.
Requisitos principales
- Organismos o centros de investigación que desarrollen su actividad investigadora en Aragón.
- Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón.
- Personal investigador predoctoral en formación con título universitario y matriculado en doctorado.
- Cumplir los requisitos de la convocatoria.
Duración del trámite
Variable según convocatoria.
Subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación
A través de este trámite,los centros y organismos de investigación así como las universidades públicas y privadas de Aragón podrán presentar una solicitud para optar a las subvenciones para la contratación de personal investigador predoctoral en formación (PIF).
Dirigido a
- Personas jurídicas (públicas y privadas)
- Que desarrollen su actividad investigadora en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Que sean seleccionadas aplicando los criterios de selección de la convocatoria
Requisitos
- Requisitos de los centros beneficiarios
- Organismos o centros de investigación,públicos o privados,que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
- Universidades públicas o privadas que desarrollen su actividad investigadora en Aragón y que contraten personal investigador predoctoral en formación.
- Cumplimiento de las condiciones sobre declaración de actividad económica,en su caso.
- Cumplimiento,mediante declaración responsable,de las condiciones recogidas en la orden de convocatoria.
- Requisitos del personal investigador predoctoral en formación (PIF)
- Estar en posesión de un título o títulos universitarios con al menos 300 ECTS,según lo que dispone la orden de convocatoria.
- Haber finalizado los estudios que dan acceso al doctorado en las fechas señaladas en la convocatoria.
- Estar ya matriculado en una escuela de doctorado de las universidades que desarrollan su actividad en Aragón,o admitido o preadmitido en un programa de doctorado de dichas universidades a partir del curso que comienza en el año de publicación de la convocatoria,debiendo estar matriculado en el momento de la formalización del contrato.
- Tener una nota media ponderada igual o superior a 6 (en escala de 0 a 10) en el expediente académico completo correspondiente a los estudios con los que se accede a un programa de doctorado.
- No poseer título de doctorado.
- No ser persona beneficiara ni haber disfrutado de ayuda,ni suscrito contrato predoctoral.
- Tener residencia legal en España.
- Requisitos de la persona directora,y en su caso codirectora,de la investigación
- Poseer el título de doctorado.
- Estar vinculado laboral o estatutariamente con el centro u organismo solicitante. Si la vinculación laboral no tiene carácter de fija,deberá constar en la solicitud un codirector o codirectora que tengan tal condición.
- Solo podrá constar como persona directora o codirectora en una solicitud.
Trámites relacionados
Convocatorias expiradas
Convocatoria 2021-2025 Convocatoria 2022-2026 Convocatoria 2023-2027 Convocatoria 2024-2028
Contacto y ayuda
- Teléfono. De 08:00 a 15:00 horas. 976 714 399
- Correo electrónico.investigacion@aragon.es
- Teléfono. De 08:00 a 15:00 horas. 976 716 531
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE CIENCIA E INVESTIGACIÓN
Normativa
- Orden CUS/435/2021,de 28 de abril,por la que se modifica la Orden IIU/777/2016,de 20 de julio,por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación,innovación,sociedad de la información y universidad
- Orden IIU/777/2016,de 20 de julio,por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación,innovación,sociedad de la información y universidad
- Decreto Legislativo 2/2023,de 3 de mayo,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
- Orden 968/2023,de 25 de julio,por la que se modifica la Orden IIU/777/2016,de 20 de julio por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación,innovación,sociedad de la información y universidad.