Subvenciones para el fomento y consolidación del empleo autónomo - Contratación de la primera persona trabajadora por cuenta ajena. 9704. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Apoyar el autoempleo y el emprendimiento, fomentando la contratación de la primera persona trabajadora por cuenta ajena.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas que ejercen una actividad por cuenta propia y consten de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o mutualidad de colegio profesional correspondiente que suscriban por primera vez un contrato de trabajo con una persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo.

Requisitos principales

  • Estar de alta, con carácter previo a la solicitud de subvención, en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Mutualidad del colegio profesional que corresponda y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
  • El contrato se formalizará dentro de los primeros 24 meses a contar desde el inicio de la actividad por cuenta propia del/de la trabajador/a autónomo/a.
  • El contrato deberá suscribirse por tiempo indefinido desde su comienzo y se comunicará al Instituto Aragonés de Empleo en la forma reglamentariamente establecida.
  • Los contratos se formalizarán a jornada completa o a tiempo parcial no inferior al 50% de la jornada ordinaria en cómputo anual.
  • La persona contratada debe estar desempleada e inscrita como demandante de empleo, al menos, desde el día inmediatamente anterior a la fecha de su contratación.

Plazos

Del 14/01/2025 al 30/10/2025. Un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que se produzca el alta en la Seguridad Social de la persona contratada. Si el supuesto subvencionable se hubiera producido con anterioridad a la publicación de la convocatoria, el plazo de un mes se contará a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín Oficial de Aragón".

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

En el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución concesoria, la persona beneficiaria deberá aportar la dirección de la página web o sitio de Internet, así como una impresión de pantalla de la misma, en caso de que existiera, en la que se ha publicado una breve descripción del proyecto subvencionado de manera proporcionada en relación con el nivel de la ayuda, incluyendo sus objetivos y resultados y destacando la financiación tanto del Gobierno de Aragón, como de la Unión Europea, a través del Programa FSE+ Aragón 2021-2027. En caso de no disponer de esta herramienta de difusión, la persona beneficiaria lo manifestará mediante declaración firmada. El incumplimiento de dichas condiciones implicará la pérdida del derecho al cobro de la subvención o su reintegro, según corresponda.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para emprendedores autónomos que contraten a su primer empleado. El objetivo es impulsar el autoempleo y el emprendimiento.

Dirigido a

Personas que trabajan por cuenta propia, dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o en una mutualidad profesional, que contraten por primera vez a una persona desempleada inscrita en el Servicio Público de Empleo.

Requisitos

  • Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o mutualidad correspondiente y en el Censo de Empresarios, profesionales y retenedores.
  • El contrato debe realizarse dentro de los 24 meses siguientes al inicio de la actividad como autónomo.
  • El contrato debe ser indefinido desde el principio y comunicarse al Instituto Aragonés de Empleo.
  • El contrato debe ser a jornada completa o a tiempo parcial (mínimo 50% de la jornada ordinaria anual).
  • La persona contratada debe estar desempleada e inscrita como demandante de empleo al menos desde el día anterior a la contratación.

Documentación

Obligatoria:

Si aplica:

La administración consultará:

  • Estar al corriente de pago con la Seguridad Social.
  • Estar al corriente de pago para ayudas y subvenciones.
  • Cumplir con las obligaciones tributarias para ayudas y subvenciones.
  • Datos de identidad.
  • Validación de NIF.
  • Inscripción como demandante de empleo.
  • Inscripción como demandante de empleo a fecha concreta.
  • Consulta de subvenciones MINIMIS.

Información adicional

En el plazo de un mes desde la notificación de la concesión, debe indicarse la dirección web donde se describa el proyecto subvencionado, incluyendo objetivos, resultados y financiación del Gobierno de Aragón y la Unión Europea (Programa FSE+ Aragón 2021-2027). Si no se dispone de web, se debe declarar. El incumplimiento implica la pérdida de la subvención.

Documentos y enlaces de interés

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas DNIe, certificado electrónico o cl@ve. Más información: https://www.youtube.com/playlist?list=PLU6GTGMRIf_e3D_7k2T-5FkZo4t7XigqH
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completar la solicitud, subir la documentación y firmar electrónicamente.

Contacto y ayuda

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

Órgano responsable

INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

Del 14/01/2025 al 30/10/2025. Un mes desde el alta en la Seguridad Social de la persona contratada. Si el alta es anterior a la publicación de la convocatoria, el plazo es de un mes desde la publicación en el Boletín Oficial de Aragón.

Subsanación

Si falta información, se comunicará y se dará un plazo para corregirlo.

Aportación

Alegaciones o documentos adicionales.

Resolución

3 meses. Si no hay resolución en este plazo, se puede esperar o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-10565&p=20200923&tn=1#a24

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