Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con discapacidad - Por la contratación indefinida de personas trabajadoras procedentes de enclaves laborales. 9127. Trámites Gobierno de Ara

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas con discapacidad procedentes de enclaves laborales.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas, autónomos y entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos principales

  • Cumplir con los requisitos previstos en la Ley General de Subvenciones.
  • Empresas con 50 o más personas trabajadoras deben cumplir con la cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad, o tener autorizadas medidas alternativas.
  • Cumplir con los requisitos establecidos anualmente en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Cumplir con el régimen de minimis.
  • La persona contratada debe presentar especiales dificultades para acceder al mercado ordinario de trabajo (parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33%, o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%).
  • La contratación debe realizarse sin interrupción y tras un plazo mínimo de tres meses desde el inicio del enclave o la incorporación de la persona trabajadora.
  • Documento de apoderamiento (si es necesario).

Plazos

El plazo de presentación es del 18/02/2025 al 22/10/2025. Quince días desde el alta en la Seguridad Social del trabajador. Si los supuestos subvencionables son anteriores a la publicación de la convocatoria, el plazo de quince días se cuenta desde el día siguiente a dicha publicación.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Para más información, consulta el <a href="https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9127&amp;key=Cuadroresumen">cuadro resumen</a> y el <a href="https://aplicaciones.aragon.es/seda_core/rest/getModelByKey?childServiceId=9127&amp;key=Folletoinformativo">folleto informativo</a>.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para fomentar la contratación indefinida de personas con discapacidad que provienen de enclaves laborales. El objetivo es facilitar su integración en el mercado ordinario de trabajo.

Quién puede usar este servicio:

  • Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Informe positivo de adecuación del puesto a la discapacidad de la persona trabajadora, emitido por el equipo multiprofesional competente.
  • Contrato de trabajo firmado por ambas partes.
  • Documento de Información y consulta de datos firmado por la persona trabajadora. Descarga el modelo desde aquí.
  • Si el trabajador es pensionista de la Seguridad Social o de clases pasivas: Informe de adecuación al puesto de trabajo o dictamen de aptitud de evaluación de riesgos, y resolución de pensión de incapacidad permanente.
  • En caso de apoderamiento: Documento de apoderamiento (disponible en https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm).
  • Si no tienes ficha de terceros con INAEM: Ficha de terceros (disponible en: https://www.aragon.es/tramitador/-/tramite/ficha-terceros-designacion-cuenta-bancaria).
  • Si no eres persona física: Escritura de constitución o contrato de sociedad civil.

Requisitos previos:

  • Cumplir con los requisitos previstos en la Ley General de Subvenciones.
  • Empresas con 50 o más empleados deben cumplir la cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad, o tener autorizadas medidas alternativas.
  • Cumplir con los requisitos establecidos anualmente en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Cumplir con el régimen de minimis.
  • La persona contratada debe presentar especiales dificultades para acceder al mercado ordinario de trabajo (parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33%, o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%).
  • La contratación debe realizarse sin interrupción y tras un plazo mínimo de tres meses desde el inicio del enclave o la incorporación de la persona trabajadora.

Costes y plazos:

  • Este trámite no tiene costes asociados.
  • El plazo de presentación es del 18/02/2025 al 22/10/2025. Quince días desde el alta en la Seguridad Social del trabajador. Si los supuestos subvencionables son anteriores a la publicación de la convocatoria, el plazo de quince días se cuenta desde el día siguiente a dicha publicación.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica en este enlace.
  2. Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La Administración revisará tu solicitud y la documentación aportada.
  • Si falta información, te lo comunicarán para que la subsanes.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
  • Si no se ha resuelto en este plazo, puedes esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo aquí.

Siguientes pasos:

  • Si la resolución es favorable, recibirás la subvención.
  • Si la resolución es desfavorable, podrás interponer un recurso.

Ayuda

Contacto:

Ayuda con la tramitación electrónica:

Más información

Órgano responsable:

  • INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO

Normativa:

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