Subvenciones para el fomento de la contratación de personas con discapacidad - Para la adaptación del puesto de trabajo. 9128. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar una ayuda económica para adaptar el puesto de trabajo de personas con discapacidad, incluyendo accesibilidad y equipos de protección.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas, autónomos y entidades privadas sin ánimo de lucro que operen en Aragón.

Requisitos principales

  • Cumplir con la Ley General de Subvenciones.
  • Empresas con 50 o más empleados deben cumplir con la cuota de reserva del 2% para personas con discapacidad.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Cumplir con el régimen de minimis.
  • Formalizar contratos indefinidos, temporales de fomento del empleo o formativos con duración igual o superior a 12 meses.
  • Contar con informe favorable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre la necesidad de la adaptación.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

El plazo para presentar la solicitud es del 18 de febrero de 2025 al 22 de octubre de 2025. Se puede solicitar durante la vigencia del contrato y hasta 15 días después del pago de la adaptación.

Resumen

Este trámite permite solicitar una subvención para adaptar los puestos de trabajo de personas con discapacidad. Esto incluye medidas de accesibilidad y la dotación de equipos de protección personal para evitar riesgos laborales, así como la eliminación de barreras que dificulten su trabajo.

Quién puede usar este servicio

  • Empresas que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Trabajadores autónomos que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Entidades privadas sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Plazo de presentación

Del 18/02/2025 al 22/10/2025

Lo que necesitas

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Factura del gasto ocasionado por la adaptación.
  • Información y consulta de datos: Descargar modelo.
  • Documento de pago que acredite el pago de las adaptaciones.
  • Informe positivo de adecuación del puesto emitido por el equipo multiprofesional competente.
  • Contrato de trabajo firmado por ambas partes.

Presentar solo si cumples alguna de estas condiciones:

Documentación que consultará la administración:

  • Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social.
  • Corriente de pago para ayudas y subvenciones.
  • Inscrito Demandante de Empleo a Fecha Concreta.
  • Situación Laboral en Fecha Concreta.
  • Consulta de Datos de Identidad.
  • Validación de NIF de un contribuyente.
  • Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones.
  • Consulta de subvenciones MINIMIS.
  • Consulta de datos de discapacidad.

Requisitos

  • Cumplir con los requisitos previstos en la Ley General de Subvenciones.
  • Empresas con 50 o más personas trabajadoras, cumplir la obligación de reserva de cuota del 2% de personas trabajadoras con discapacidad, salvo que tengan autorizada la aplicación de las medidas alternativas.
  • Cumplir con los requisitos que cada año se establezcan en la correspondiente Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Cumplir con el régimen de minimis.
  • Formalización de contratos indefinidos, contratos temporales de fomento de empleo para personas con discapacidad y a los contratos formativos, siempre que, en cada caso, la duración de estos contratos sea igual o superior a 12 meses.
  • Necesidad de la eliminación de barreras, adaptación del puesto de trabajo o dotación de equipos de protección deberá contar con el informe favorable de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Cómo hacerlo

Presentación de la solicitud

Telemática

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Después de hacerlo

Plazos de resolución

El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

Subsanar trámite

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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