Subvenciones en materia de juventud para entidades sin ánimo de lucro - Convocatoria 2025. 10615. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar subvenciones para promocionar el asociacionismo juvenil en Aragón, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Requisitos principales

  • Estar legalmente constituidas con sede y ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Estar inscritas en el correspondiente Registro Público.
  • Desarrollar proyectos dirigidos a la juventud.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No incurrir en causas de prohibición según la Ley General de Subvenciones.

Plazos

Del 13/12/2024 al 14/01/2025

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Esta convocatoria está en fase de tramitación.

Resumen

Este trámite permite solicitar subvenciones para entidades sin ánimo de lucro que promuevan el asociacionismo juvenil en Aragón.

Quién puede usar este servicio:

  • Entidades sin ánimo de lucro con sede y actividad en Aragón.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Anexo I: Memoria del proyecto de promoción del asociacionismo juvenil (Descargar modelo).
  • Ficha de terceros (solo si no está en poder del IAJ o ha cambiado).

Requisitos:

  • Estar al corriente de pagos con Hacienda y Seguridad Social.
  • No estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones.

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.
  • Plazo de presentación: Del 13/12/2024 al 14/01/2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Accede a la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
  3. Identifícate con DNI electrónico, certificado electrónico o cl@ve.
  4. Completa el formulario de solicitud.
  5. Adjunta la documentación requerida.
  6. Firma electrónicamente la solicitud.

Información sobre cada etapa:

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo de resolución es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración revisará tu solicitud y documentación.
  • Si falta algo, te requerirán para que lo subsanes.

Plazos de resolución:

  • 3 meses.

Siguiente pasos:

  • Estar atento a las notificaciones electrónicas por si te requieren subsanación.
  • Si transcurren 3 meses sin resolución, puedes considerar desestimada la solicitud.

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