Subvenciones en materia de cooperación para el desarrollo - Modificaciones de proyectos. 7501. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las entidades beneficiarias de subvenciones de cooperación al desarrollo solicitar modificaciones en los proyectos aprobados, ya sean cambios menores o sustanciales.

¿Quién puede solicitarlo?

Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y otras personas jurídicas que hayan recibido subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo.

Requisitos principales

  • Informar sobre las modificaciones en el plazo de un mes desde que se produzcan o durante la ejecución del proyecto, con antelación suficiente para su autorización.
  • Justificar debidamente la causa de la modificación.
  • Cumplir con los requisitos específicos para modificaciones no sustanciales o sustanciales.

Plazos

Las modificaciones deben informarse en el plazo de un mes desde que se produzca la situación que las causa, o con antelación suficiente durante la ejecución del proyecto.

Duración del trámite

Variable, dependiendo de la complejidad de la modificación.

Información adicional

Las modificaciones no sustanciales se revisan y, si son aceptadas, se notifican electrónicamente. Las modificaciones sustanciales requieren valoración de la Comisión de Valoración y Evaluación. La comunicación de cofinanciación no genera respuesta, salvo que esté asociada a otra modificación.

Resumen

Este trámite permite a las organizaciones y entidades que han recibido subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo solicitar modificaciones a los proyectos inicialmente aprobados. Estas modificaciones pueden ser de carácter menor (no sustanciales) o de mayor envergadura (sustanciales).

Quién puede usar este servicio:

  • Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) que han recibido subvenciones.
  • Otras personas jurídicas que han sido beneficiarias de subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Informar sobre las modificaciones en el plazo de un mes desde que ocurran o durante la ejecución del proyecto, con tiempo suficiente para su autorización.
  • Justificar adecuadamente la razón de la modificación.
  • Cumplir con los requisitos específicos según el tipo de modificación (sustancial o no sustancial).

Documentos requeridos:

  • Documento que justifique la causa de la modificación (si aplica).
  • Presupuesto con modificaciones (si aplica), indicando los importes iniciales, la modificación, el importe final y la entidad que financia cada importe. Debe presentarse en formato Excel.
  • Comprobante de cofinanciación (si se comunica la obtención de otras subvenciones).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Presentación telemática: Accede al trámite a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
  2. Identificación electrónica: Necesitarás un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
  3. Completar la solicitud: Rellena el formulario con la información requerida.
  4. Adjuntar documentación: Sube los documentos necesarios según el tipo de modificación.
  5. Firma electrónica: Firma electrónicamente la solicitud.

Enlace para iniciar el trámite: https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/modificacion-proyectos-cooperacion-desarrollo

Después de hacerlo

Modificaciones no sustanciales:

El Servicio de Cooperación al Desarrollo revisará la modificación. Si cumple con la normativa, se notificará electrónicamente a la entidad, que deberá ejecutar y justificar el proyecto en los nuevos términos aprobados.

Modificaciones sustanciales:

El Servicio de Cooperación al Desarrollo revisará la modificación. La Comisión de Valoración y Evaluación se reunirá para valorarla. Si se aprueba, la entidad deberá ejecutar y justificar el proyecto en los nuevos términos. Si se deniega, se notificará electrónicamente y deberá continuar la ejecución del proyecto en los términos aprobados inicialmente.

Comunicación de cofinanciación:

La administración no emitirá una respuesta a este tipo de comunicación, salvo que vaya aparejada de una modificación sustancial o no sustancial, para lo que podrá requerir información adicional.

Ayuda

Contacto:

Ayuda con la tramitación electrónica:

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DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN SOCIAL Y VOLUNTARIADO

Normativa:


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