Subvenciones en especie a entidades locales aragonesas consistentes en la elaboración y entrega de instrumentos urbanísticos. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer a los municipios aragoneses la posibilidad de acceder a la elaboración de instrumentos de planeamiento o de ordenación urbanística, contratados por el Gobierno de Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades locales aragonesas reguladas en el artículo 2 de la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que cumplan los requisitos que se determinen en la respectiva convocatoria.
Requisitos principales
- Ser una entidad local aragonesa según el artículo 2 de la Ley 7/1999.
- Cumplir los requisitos específicos de cada convocatoria, como tener menos de 2.000 habitantes, carecer de planeamiento general o no haber recibido otras subvenciones para el mismo fin.
- No incurrir en causas de prohibición según la Ley General de Subvenciones y la Ley de Subvenciones de Aragón.
- No haber sido sancionado por discriminación o incumplimiento de normativas laborales o ambientales.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Plazos
Los plazos se establecen en la orden de convocatoria correspondiente.
Duración del trámite
Variable, según el instrumento urbanístico.
Información adicional
La elaboración del instrumento urbanístico será contratada directamente por el departamento del Gobierno de Aragón competente en materia de urbanismo.
Resumen
Estas subvenciones facilitan a las entidades locales aragonesas la obtención de instrumentos de planeamiento urbanístico, cuya elaboración es financiada por el Gobierno de Aragón.
Quién puede usar este servicio:
- Entidades locales aragonesas que cumplan los requisitos especificados en cada convocatoria.
Requisitos
- Ser una entidad local aragonesa según la Ley 7/1999.
- Cumplir los requisitos de la convocatoria, como tener menos de 2.000 habitantes o carecer de planeamiento.
- No haber recibido otras subvenciones para el mismo fin.
- No estar incurso en causas de prohibición según la Ley General de Subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Contacto y ayuda
- Teléfono: 976 714 532 (de 9:00 a 14:00 horas)
- Correo electrónico: dgurbanismo@aragon.es
- Presencial: Dirección General de Urbanismo. Avda. Ranillas, 3Aj, Planta 2ª, Oficina J. 50018 Zaragoza (de 9:00 a 14:00 horas)
Ayuda con la tramitación electrónica
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica.
- Servicio de Información y Registro:
- Teléfono: 976 714 000 (de lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
Normativa
- Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Orden VMV/380/2003, de 27 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas en especie a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón consistentes en la elaboración y entrega de instrumentos urbanísticos
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones