Subvenciones de apoyo al software libre. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer apoyo financiero a microempresas y autónomos para desarrollar software libre y de código abierto, fomentando la innovación y el acceso público a la tecnología.
¿Quién puede solicitarlo?
Microempresas y trabajadores autónomos del sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC).
Requisitos principales
- Ser una microempresa o autónomo del sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Tener domicilio, razón social o actividad en Aragón, o poseer oficinas o delegaciones en la comunidad.
- No incurrir en prohibiciones según la Ley General de Subvenciones.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- Las actuaciones deben realizarse en Aragón o tener un impacto directo en la comunidad.
Plazos
Los plazos de presentación de solicitudes se establecen en cada convocatoria.
Duración del trámite
Variable según la convocatoria.
Información adicional
Estas ayudas se consideran de *minimis*, lo que implica que están sujetas a un límite máximo de ayuda que puede recibir una empresa durante un período determinado.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para apoyar el desarrollo de software libre. El objetivo es fomentar la creación de aplicaciones de código abierto, especialmente para dispositivos móviles, que utilicen recursos de datos accesibles y se publiquen en repositorios públicos.
Quién puede usar este servicio:
- Microempresas
- Trabajadores/as autónomos
Requisitos
- Ser una microempresa o autónomo del sector de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
- Tener domicilio, razón social o actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón o poseer oficinas o delegaciones en Aragón.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
- No haber sido objeto de sanción administrativa firme ni de sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones discriminatorias por razón de género.
- No estar incurso en el cumplimiento de sanciones que impliquen la prohibición de acceder a ayudas públicas por infracciones en materia de orientación sexual, expresión e identidad de género.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones Tributarias tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas pendientes de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Las actuaciones deberán realizarse en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón o tener un impacto directo en Aragón.
Ayuda
- Teléfono: De lunes a viernes de 8:00 a 15:30 horas. 976 716 581
- Correo electrónico: sociedaddelainformacion@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN ELECTRÓNICA Y APLICACIONES CORPORATIVAS
Normativa
- Orden CUS/435/2021, de 28 de abril, por la que se modifica la Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
- Orden IIU/777/2016, de 20 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de investigación, innovación, sociedad de la información y universidad
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
- Reglamento (UE) 2831/2023, de 13 de diciembre, De la Comisión, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis