Subvenciones con destino a los servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento con agrupaciones de bomberos voluntarios - Convocatoria 2021. 1930. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Optar a subvenciones para servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento si eres una agrupación de bomberos voluntarios.
¿Quién puede solicitarlo?
Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de entidades locales que cuenten con bomberos voluntarios o tengan un convenio de colaboración con una agrupación de bomberos voluntarios.
Requisitos principales
- Tener bomberos voluntarios en plantilla.
Plazos
El plazo de presentación fue del 20/04/2021 al 11/05/2021.
Duración del trámite
6 meses desde la publicación de la convocatoria.
Información adicional
El importe de la ayuda concedida no podrá exceder el 15% del total previsto para cada aplicación presupuestaria. Los beneficiarios deben proporcionar la información necesaria para cumplir con las obligaciones de transparencia.
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para servicios de prevención, extinción de incendios y salvamento si eres una agrupación de bomberos voluntarios.
Quién puede usar este servicio:
- Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de entidades locales que cuenten con bomberos voluntarios o tengan un convenio de colaboración con una agrupación de bomberos voluntarios.
Lo que necesitas
Requisitos
- Tener bomberos voluntarios en plantilla.
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Inversiones previstas: Solicitud valorada de las inversiones previstas.
- Relación de los servicios realizados: Durante el año anterior al de la convocatoria y que hayan intervenido bomberos voluntarios.
- Seguro de responsabilidad civil: Certificado expedido por la entidad aseguradora que contenga la siguiente información:
- De la póliza de Responsabilidad Civil: compañía, cobertura, nº póliza y vigencia. Límite por siniestro: mínimo 600.000 €.
- De la póliza de accidentes: compañía, cobertura, nº póliza y vigencia.
- Fallecimiento: mínimo 6.000 €.
- Invalidez permanente parcial: mínimo 12.000 €.
- Invalidez permanente total: mínimo 12.000 €.
- Asistencia sanitaria: ilimitada.
- Listado nominado de los voluntarios: A los que se les extiende la cobertura contratada: relación actualizada (nombre, apellidos, D.N.I, fecha de nacimiento y fecha de alta).
- Listado nominado de los voluntarios que se dan de baja: Respecto a la póliza del año anterior: relación actualizada (nombre, apellidos, D.N.I., fecha de nacimiento y fecha de baja).
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Después de hacerlo
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
Resolución
6 meses desde la fecha de la publicación de la presente convocatoria
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto y ayuda
- Teléfono.976 716 747
- Correo electrónico.dgipc@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE INTERIOR Y EMERGENCIAS
Normativa
- Orden PRI/356/2021, de 6 de abril, por la que se regula la convocatoria de subvenciones con destino a los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento con Agrupaciones de bomberos voluntarios
- Ley 1/2013, de 7 de marzo, de Regulación y Coordinación de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de Aragón
- Decreto 158/2014, de 6 de octubre, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la organización y funcionamiento de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones
- Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón.
- Orden PRI/780/2022, de 27 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales en materia de protección civil.