Subvenciones a municipios para construcción y rehabilitación de viviendas públicas de alquiler. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Contribuir a que los municipios puedan construir o rehabilitar viviendas públicas para alquiler, facilitando el acceso a un hogar digno.

¿Quién puede solicitarlo?

Municipios aragoneses.

Requisitos principales

  • Ser titular de suelo apto para construcción de vivienda pública o de una edificación preexistente para su rehabilitación integral.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
  • No estar el municipio incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Plazos

No especificado

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

La concesión de esta ayuda está contemplada en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial 2024-2027. Se considera una ayuda en metálico para cubrir los costes de construcción o rehabilitación de viviendas públicas.

Resumen

El Departamento de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial ofrece subvenciones a municipios aragoneses para la construcción y rehabilitación de viviendas públicas destinadas al alquiler. El objetivo es facilitar el acceso a un hogar digno y apoyar a los municipios en el ejercicio de sus competencias en materia de vivienda.

Quién puede usar este servicio:

  • Municipios aragoneses

Requisitos

  • Ser titular de suelo apto para construcción de vivienda pública o de una edificación preexistente para su rehabilitación integral.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
  • Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
  • No estar el municipio incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Contacto y ayuda

  • Teléfono: Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio 976 714 532
  • Correo electrónico: Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio dgurbanismo@aragon.es

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