Subvenciones a municipios para construcción y rehabilitación de viviendas públicas de alquiler - Subvenciones a municipios para construcción y rehabilitación de viviendas públicas de alquiler - 2024.
Información Rápida
Objetivo
Ayudar a financiar la construcción o rehabilitación de viviendas públicas de alquiler en municipios aragoneses pequeños, que no tienen suficientes recursos económicos para hacerlo por sí mismos.
¿Quién puede solicitarlo?
Municipios aragoneses con una población inferior a 3000 habitantes. Excepcionalmente, municipios con población superior si la actuación se realiza en un núcleo o barrio rural de menos de 3000 habitantes que no sea capital de provincia.
Requisitos principales
- El municipio debe tener menos de 3000 habitantes (excepcionalmente más si la actuación es en un núcleo o barrio rural de menos de 3000 habitantes y no es capital de provincia).
- Ser titular del suelo o edificación donde se realizará la construcción o rehabilitación.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
- Estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
- No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones.
Plazos
El plazo de presentación es del 29 de agosto de 2024 al 9 de octubre de 2024.
Duración del trámite
Tres meses.
Información adicional
La administración consultará datos adicionales como el corriente de pago para ayudas y subvenciones, estar al corriente de pago con la Seguridad Social y las obligaciones tributarias.
Resumen
Este trámite ofrece subvenciones a municipios aragoneses de menos de 3000 habitantes para la construcción o rehabilitación de viviendas públicas de alquiler. El objetivo es ayudar a estos municipios a satisfacer la demanda de vivienda, ya que a menudo carecen de los recursos económicos necesarios.
Quién puede usar este servicio:
- Municipios aragoneses con menos de 3000 habitantes (con excepciones para núcleos rurales).
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Acuerdo del órgano municipal competente.
- Memoria técnica suscrita por un técnico competente.
- Indicación de la cuantía solicitada como subvención.
- Certificado de estar al día con la Cámara de Cuentas de Aragón.
- Certificado de población, ingresos y licencias.
- Declaración responsable.
Requisitos previos:
- Ser titular del suelo o edificación.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
- Cumplir con las obligaciones de rendición de cuentas.
- No estar incurso en prohibiciones para recibir subvenciones.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo de presentación es del 29/08/2024 al 09/10/2024.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúna la documentación necesaria.
- Acceda al trámite telemático con su DNIe, certificado electrónico o cl@ve.
- Complete la solicitud.
- Adjunte la documentación.
- Firme electrónicamente la solicitud.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se presenta telemáticamente a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
- Es importante adjuntar toda la documentación requerida para evitar retrasos.
Tiempos de espera:
- El plazo máximo de resolución es de tres meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará su solicitud y la documentación adjunta.
- Si falta información, se le requerirá para que la subsane.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de tres meses.
Siguientes pasos:
- Si su solicitud es aprobada, recibirá la subvención según los términos establecidos en la convocatoria.
- Si su solicitud es denegada, podrá interponer un recurso.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio 976 714 532
- Correo electrónico: dgurbanismo@aragon.es
Recursos adicionales:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
Preguntas frecuentes:
- Consulte la sección de preguntas frecuentes sobre tramitación electrónica para resolver dudas comunes.