Subvenciones a municipios para construcción y rehabilitación de viviendas públicas de alquiler - Subvenciones a municipios para construcción y rehabilitación de viviendas públicas de alquiler - 2024.

Actualizado el 26 de febrero de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ayudar a municipios aragoneses pequeños a financiar la construcción o rehabilitación de viviendas públicas de alquiler para satisfacer la demanda local.

¿Quién puede solicitarlo?

Municipios aragoneses con menos de 3000 habitantes (excepcionalmente, más si la actuación es en un núcleo rural de menos de 3000 habitantes y no es capital de provincia).

Requisitos principales

  • Ser titular de suelo apto para construcción de vivienda pública o de un edificio para rehabilitar.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
  • Estar al día en la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
  • No estar incurso en las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones.

Plazos

Del 29/08/2024 al 09/10/2024

Duración del trámite

Tres meses

Resumen

El Departamento de Fomento, Vivienda, Logística y Cohesión Territorial ofrece subvenciones a municipios aragoneses con menos de 3000 habitantes para la construcción de nuevas viviendas públicas de alquiler o la rehabilitación integral de edificios existentes. El objetivo es ayudar a estos municipios a satisfacer la demanda de vivienda pública.

Quién puede usar este servicio: Municipios aragoneses con menos de 3000 habitantes (excepcionalmente, más si la actuación es en un núcleo rural de menos de 3000 habitantes y no es capital de provincia).

Plazo de presentación: Del 29/08/2024 al 09/10/2024 (Fuera de plazo).

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Ser titular de suelo apto para construcción de vivienda pública o de un edificio para rehabilitar.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias.
  • Estar al día en la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
  • No estar incurso en las prohibiciones para ser beneficiario de subvenciones.

Documentación a presentar:

  • Acuerdo del órgano municipal competente solicitando la subvención.
  • Memoria técnica de la actuación (máximo 3 páginas).
  • Indicación de la cuantía solicitada como subvención.
  • Certificado de estar al día en la rendición de cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
  • Certificado con datos de población, ingresos y licencias.
  • Declaración responsable.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: Tres meses.
  • Si falta información, la Administración te lo comunicará para que la subsanes. Subsanar trámite
  • Puedes realizar alegaciones o aportar documentos adicionales. Aportar documentación

Ayuda

Más información

  • Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE URBANISMO

Normativa:


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