Subvenciones a las Entidades Locales - Subvenciones a entidades locales aragonesas afectadas por la borrasca Gloria.. 1622. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Subvenciones a las entidades locales aragonesas afectadas por la borrasca Gloria y por la baja que la absorbió, que obtuvieron las subvenciones concedidas por Resolución de 28 de julio de 2021, de la Secretaría General de Coordinación Territorial, para complementar a dichas subvenciones concedidas.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades Locales de Aragón afectadas por la borrasca Gloria
Requisitos principales
- Ser una Entidad Local Aragonesa
- Haber obtenido subvención mediante resolución del 28/07/2021 de la Secretaría General de Coordinación Territorial.
- Cumplir los requisitos del artículo 9.c) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
- Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Plazos
El plazo de presentación fue del 24/11/2021 al 30/11/2021.
Duración del trámite
10 días desde la presentación de las solicitudes o subsanaciones si se hubieran requerido.
Información adicional
Para más información sobre el trámite, consulta la página: [Información sobre la subvención](http://www.aragon.es/-/subvenciones-a-entidades-locales-de-aragon) y las [Instrucciones de cumplimentacion](https://www.aragon.es/documents/20127/90404451/Instrucciones+de+cumplimentaci%C3%B3n.pdf/2e28813f-c8e8-e399-a9f2-6fbe60f7dfb2?t=1637654606503&download=true).
Resumen
Este trámite está dirigido a las entidades locales de Aragón que fueron afectadas por la borrasca Gloria y que ya recibieron subvenciones a través de la Resolución del 28 de julio de 2021 de la Secretaría General de Coordinación Territorial. El objetivo es complementar esas subvenciones iniciales.
Lo que necesitas
Requisitos
- Ser una Entidad Local Aragonesa.
- Haber recibido una subvención mediante la resolución del 28/07/2021 de la Secretaría General de Coordinación Territorial.
- Cumplir con los requisitos del artículo 9.c) de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.
- Cumplir con los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentación
Documentación a presentar:
- Certificado de contrato de seguro y existencia de otras subvenciones: Utiliza el modelo descargable.
- Corriente de Pago AEAT: Acreditar estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Ficha de Terceros: Solo si se ha modificado la cuenta bancaria.
- Documentación remitida a la Secretaría General de Coordinación Territorial: En caso de no autorizar su remisión desde la Secretaría General.
Documentación que consultará la administración:
- Estar al corriente de pago con la Seguridad Social (TGSS).
- Estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón.
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
El trámite se realiza de forma telemática:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Puedes obtener más información aquí.
- Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación requerida y firma electrónicamente.
Subsanación y Aportación de Documentos
- Subsanación: Si falta información, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo. Subsanar trámite
- Aportación: Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
Después de hacerlo
Resolución
El plazo de resolución es de 10 días desde la presentación de las solicitudes o subsanaciones si se hubieran requerido.
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo.
Ayuda
Contacto
- Correo electrónico: DG Administración Local. administracionlocal@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica.
- Servicio de Información y Registro:
- Teléfono: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00).
- Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- Teléfono: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00).
- Correo electrónico: soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp.
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACION LOCAL