Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de cualificación inicial de formación profesional - Convocatoria para talleres profesionales iniciados en 2023. 10526. Trámi
Información Rápida
Objetivo
Solicitar subvenciones para el desarrollo de Programas de Cualificación Inicial, con el objetivo de reducir el abandono escolar temprano y mejorar los resultados educativos, especialmente en alumnado con necesidades educativas especiales.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades privadas sin ánimo de lucro de Aragón, que no estén acogidas a régimen de conciertos educativos ni impartan enseñanzas de formación profesional.
Requisitos principales
- Tener autorización para impartir el programa de cualificación inicial en la modalidad de Talleres Profesionales y/o Aulas o Talleres Profesionales Especiales.
- Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y los artículos 9 b) y 40.3 de la ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como carecer de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Estar incluida en la correspondiente Resolución de 7 de junio de 2023, del Director General de Innovación y Formación Profesional para impartir los programas de cualificación inicial, en la modalidad de talleres profesionales.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes es del 29/08/2024 al 11/09/2024.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite solicitar subvenciones para el desarrollo de Programas de Cualificación Inicial, con el objetivo de reducir el abandono escolar temprano y mejorar los resultados educativos, especialmente en alumnado con necesidades educativas especiales. Estas ayudas están dirigidas a organizaciones y entidades privadas sin ánimo de lucro que imparten estos programas.
Dirigido a
Entidades privadas sin ánimo de lucro de Aragón, que no estén acogidas a régimen de conciertos educativos ni impartan enseñanzas de formación profesional.
Requisitos
- Tener la autorización para impartir el programa de cualificación inicial, en la modalidad de Talleres Profesionales y/o Aulas o Talleres Profesionales Especiales.
- Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y los artículos 9 b) y 40.3 de la ley 5/2015, de 25 de marzo, de subvenciones de Aragón.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, así como carecer de toda deuda pendiente de pago con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Estar incluida en la correspondiente Resolución de 7 de junio de 2023, del Director General de Innovación y Formación Profesional para impartir los programas de cualificación inicial, en la modalidad de talleres profesionales.
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Certificado del titular de la secretaría de acuerdo de solicitud:
- Contiene el acuerdo del órgano competente para solicitar la subvención.
- Certificado de la persona titular de la secretaría de otros recursos:
- Se declara si se han sido concedidos o solicitados otros recursos para la ejecución del programa, haciendo constar en su caso la cuantía y el otorgante.
- Proyecto de la actuación:
- Debe contener:
- 1º. Esquema del programa de formación, en el que deberá constar la metodología a utilizar, las actividades complementarias, programa elegido, calendario escolar aprobado.
- 2º. Organización del equipo educativo, con el horario lectivo aprobado.
- 3º. Presupuesto de gastos del programa, de personal formador, medios y materiales didácticos y de funcionamiento del perfil profesional a desarrollar y de los gastos para el establecimiento de un seguro de accidentes y responsabilidad civil de los alumnos y costes indirectos, que incluirá, en su caso, el periodo de formación del alumnado en las empresas.
- Debe contener:
- Declaración responsable (Modelo Anexo II):
- La entidad no está incursa en las prohibiciones referidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones y cumple lo dispuesto en el artículo 44.3 del TRLSA.
- La entidad no ha sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes ni de sentencias firmes condenatorias, en cumplimiento del artículo 26.3 de la Ley 7/2018, de 28 de junio, de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres en Aragón o por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI, ni del artículo 39.3 de la Ley 18/2018, de 20 de diciembre de igualdad y protección integral contra la discriminación por razón de orientación sexual, expresión e identidad de género en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- La entidad cumple la legislación medioambiental, de transparencia, de memoria democrática, de no haber sido sancionado en materia laboral, de derechos y garantías de las personas con discapacidad y empleo inclusivo u otras análogas de cumplimiento normativo.
- La entidad ha cumplido los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores.
- La entidad cumple con lo establecido en el artículo 82 de la Ley 4/2023, de 28 de febrero para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
- Descargar modelo Declaración responsable (Modelo Anexo II)
- Actas de evaluación:
- Actas de evaluación del alumnado del programa/as del último curso impartido.
Documentación que consultará la administración
Para poder resolver este trámite, la administración consultará algunos datos adicionales. Ver detalles
- Corriente de pago para ayudas y subvenciones
- Estar al Corriente de Pago con la Seguridad Social
- Obligaciones tributarias - Ayudas y subvenciones
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Contacto y ayuda
- Correo electrónico. Servicio de Formación Profesional (Sección Control FSE) serviciofpfse@aragon.es
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN, CENTROS Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Normativa
- Orden ECD/636/2023, de 9 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de Programas de Cualificación Inicial de Formación Profesional, en la modalidad de talleres profesionales y de aulas o talleres profesionales especiales (CAPITULO II)
- Orden ECD/946/2016, de 4 de agosto, por la que se regulan los Programas de Cualificación Inicial de Formación Profesional dirigidos a personas sin cualificación profesional o con necesidades educativas especiales en la Comunidad Autónoma de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 29/08/2024 al 11/09/2024
El plazo de presentación de solicitudes es de 10 días hábiles a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOA Consultar trámiteConsultar formas de presentación
Subsanación
Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
Resolución
3 meses
Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Saber más sobre el silencio administrativo
¿Cómo realizar este trámite?
Trámites relacionados
Convocatorias expiradas
Convocatoria 2021 Convocatoria para talleres profesionales iniciados en 2022 Convocatoria para talleres profesionales especiales iniciados en 2022 Convocatoria para aulas o talleres profesionales especiales iniciados en 2023
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
En esta página
- Resumen
- Dirigido a
- Requisitos
- Documentación
- Presentar en todos los casos:
- Documentación que consultará la administración
- Presentación de la solicitud
- Telemática
- Contacto y ayuda
- ¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
- Ayuda con la tramitación electrónica
- Más información
- Órgano responsable
- Normativa
- Proceso de tramitación y acciones disponibles
- Plazo de presentación
- Subsanación
- Aportación
- Resolución
- ¿Cómo realizar este trámite?
- Trámites relacionados
- Convocatorias expiradas
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración