Subvenciones a comarcas para talleres TIC - Convocatoria 2022. 8343. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las comarcas aragonesas solicitar subvenciones para organizar talleres de iniciación en tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en localidades de menos de 2.000 habitantes que no sean capitales de provincia.

¿Quién puede solicitarlo?

Comarcas aragonesas.

Requisitos principales

  • No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
  • No haber sido objeto de sanción administrativa firme ni de sentencia firme condenatoria por discriminación de género.
  • No estar incursa en el cumplimiento de sanciones que impliquen la prohibición de acceder a ayudas públicas por infracciones en materia de orientación sexual, expresión e identidad de género.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no tener deudas pendientes de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Tener aprobado y estar ejecutando su Plan de Racionalización de gasto corriente para el último ejercicio.

Plazos

El plazo de presentación fue del 09/06/2022 al 08/07/2022.

Duración del trámite

3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Información adicional

Se subvenciona hasta un 80% de los gastos subvencionables, con un máximo de 500 € por taller. El número máximo de talleres subvencionables es de 30 por comarca beneficiaria.

Resumen

Este trámite permite a las comarcas aragonesas solicitar subvenciones para la organización de talleres de iniciación en tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC) en localidades de menos de 2.000 habitantes que no sean capitales de provincia.

Quién puede usar este servicio

  • Comarcas aragonesas

Antes de empezar

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Resumen de la actuación: El modelo debe presentarse con todos sus apartados completados. No se valorarán las actuaciones que no se describan utilizando este modelo. Descarga el modelo aquí: Descargar modelo Resumen de la actuación
  • Diagrama de Gantt: Con el cronograma de la actuación, donde se reflejen, con fechas concretas, cada uno de los talleres previstos.
  • Presupuesto: Presupuesto detallado y desglosado por conceptos, en él que se indicará si se incluye o no el IVA. En caso de estar exento de IVA, se indicará el motivo de dicha exención.
  • Certificado del secretario/a de la comarca: Certificado de la aprobación del Plan de Racionalización del gasto corriente, de estar al día en la obligación de rendir sus cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón, de haber adoptado medidas de racionalización del gasto y de haber presentado planes económico-financieros, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
  • Certificado del secretario/a o del secretario/a-interventor/a de la comarca: Certificado expedido por la persona titular de la Secretaría o de la Secretaría-Intervención de la comarca, de haber ejecutado todas las subvenciones que le hayan sido concedidas con anterioridad para un mismo destino y finalidad, en caso de que dichas subvenciones no hubieran sido concedidas por este mismo órgano convocante.
  • En caso de estar exento de IVA: Certificación del secretario/a de la comarca de exención de IVA con el visto bueno de la persona titular de la Presidencia, en la que se haga constar que la entidad local no efectúa declaración de IVA respecto de los conceptos objeto de subvención. Su aportación es imprescindible para considerar el IVA subvencionable.
  • En caso de que la solicitud no se presente con certificado de representante: Acreditación de que la persona que actúa como representante tiene poder de representación. No será necesario aportar este documento si se presenta la solicitud mediante certificado de representante de persona jurídica.
  • A aportar en el momento de la justificación: Modelo encuesta anónima, a rellenar por los participantes al final de cada taller. Descarga el modelo aquí: Descargar modelo Encuesta

Requisitos previos

  • Que la solicitante no incurra en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley General de subvenciones.
  • Que la solicitante no haya sido objeto de sanción administrativa firme ni de sentencia firme condenatoria por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
  • Que la solicitante no esté incursa en el cumplimiento de sanciones que impliquen la prohibición de acceder a ayudas públicas de esta Administración por infracciones previstas en las leyes de Aragón en materia de orientación sexual, expresión e identidad de género.
  • Que la solicitante esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias tanto con la Hacienda del Estado como con la de la administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y frente a la Seguridad Social, así como que no tenga deudas pendientes de pago con la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Que la solicitante tenga aprobado y esté ejecutando su Plan de Racionalización de gasto corriente para el último ejercicio.

Costes y plazos

  • El plazo de presentación fue del 09/06/2022 al 08/07/2022.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica: Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
  2. Pulsar en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación correspondiente y firma electrónicamente.

Después de hacerlo

Qué sucede después

  • Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
  • Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación

Plazos de resolución

  • 3 meses desde la fecha de finalización del plazo para presentar las solicitudes.
  • Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso. Saber más sobre el silencio administrativo

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