Subvenciones a Colegios Profesionales en materia de asistencia jurídica gratuita. 2082. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Gestionar las subvenciones concedidas a los colegios profesionales de abogados y procuradores de Aragón como compensación económica por la prestación de servicios de asistencia jurídica gratuita.
¿Quién puede solicitarlo?
Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las tres provincias aragonesas.
Requisitos principales
- Presentación por parte de los Colegios de la documentación indicada en el Decreto 110/2014, de 8 de julio y en la Orden PRE/259/2017, de 24 de febrero.
Plazos
El plazo de presentación está permanentemente abierto.
Duración del trámite
Variable, dependiendo de la tramitación.
Información adicional
Las solicitudes se pueden presentar de forma telemática o presencial, siguiendo los pasos indicados en la sección 'Cómo hacerlo'.
Resumen
Este trámite permite gestionar las subvenciones concedidas a los colegios profesionales de abogados y procuradores de Aragón, destinadas a compensar económicamente la prestación de servicios de asistencia jurídica gratuita.
Quién puede usar este servicio:
- Colegios Profesionales de Abogados y Procuradores de las tres provincias aragonesas.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Documentación para turno de guardia (artículo 51 del Decreto 110/2014 y Quinto de la Orden PRE/259/2017).
- Documentación para gastos de funcionamiento e infraestructura (artículos 52 y 52bis del Decreto 110/2014 y Sexto de la Orden PRE/259/2017).
- Documentación para actuaciones de defensa y representación (artículo 53 del Decreto 110/2014 y Cuarto de la Orden PRE/259/2017).
- Formulario I: Actuaciones realizadas por el letrado o procurador (Descargar modelo).
- Formulario III: Reintegros por parte del colegio profesional (Descargar modelo).
- Formulario IV: Informes de insostenibilidad (Descargar modelo).
- Formulario V: Certificado de antecedentes sobre el detenido, preso o investigado (Descargar modelo).
- Formulario VI: Certificado de antecedentes sobre la mujer víctima de violencia de género (Descargar modelo).
Requisitos previos:
- Cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 110/2014, de 8 de julio y en la Orden PRE/259/2017, de 24 de febrero.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de presentación está permanentemente abierto.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Descargar el formulario:
- Descarga el formulario del trámite: Descargar formulario
- Presentación de la solicitud:
- Telemática:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Más información: Métodos de identificación y firma electrónica.
- Completa y firma el formulario descargado.
- Reúne la documentación requerida.
- Accede al Registro Electrónico General de Aragón (REGA) a través de Iniciar trámite, completa los datos, sube el formulario y la documentación, y firma electrónicamente.
- Presencial:
- Completa y firma el formulario descargado.
- Reúne la documentación requerida.
- Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana y Pedir cita previa.
- Presenta el formulario y la documentación en la oficina.
- Telemática:
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la solicitud y la documentación presentada.
- Si falta información, se te comunicará para que la subsanes.
- Se resolverá la solicitud y se procederá al pago de la subvención si procede.
Plazos de resolución:
- No se especifica un plazo de resolución.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 713 112
- Correo electrónico: dgj@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales: Guía rápida de ayuda al ciudadano.
- Tutoriales en YouTube: Tutoriales sobre tramitación electrónica.
- Servicio de Información y Registro:
- Teléfono: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00).
- Correo electrónico: infoyregistro@aragon.es
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- Teléfono: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00).
- Correo electrónico: soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico: Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información: canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable:
- DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Normativa:
- Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita
- Decreto 110/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Decreto 161/2016, de 8 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se modifica parcialmente el Decreto 110/2014, de 8 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Orden PRE/259/2017, de 24 de febrero, por la que se aprueba el contenido de las certificaciones que han de emitir los Colegios Profesionales como justificación para la percepción de las correspondientes compensaciones económicas por turno de guardia, por gastos de funcionamiento e infraestructura y por actuaciones profesionales de abogados y procuradores, en materia de Asistencia Jurídica Gratuita en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón
- Orden PRE/2185/2017, de 20 de diciembre, sobre modificación de la Orden PRE/1856/2016, de 19 de diciembre, por la que se aprobó el Catálogo de referencia y bases de compensación de los módulos, servicios y actuaciones de los profesionales que incluyen las prestaciones de asistencia jurídica gratuita