Subvención para la adquisición de vivienda protegida en Aragón - Convocatoria 2024
Información Rápida
Objetivo
Solicitar subvenciones para la adquisición de viviendas protegidas por unidades familiares que cumplan los requisitos y promotores para uso propio.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas que adquieran la vivienda,adjudicatarios miembros de cooperativas o comunidades de bienes,y promotores individuales de viviendas protegidas de nueva construcción para uso propio.
Requisitos principales
- Ingresos no inferiores a 1’5 veces el IPREM y no superiores a 5’5 veces el IPREM.
- Cumplir los requisitos de acceso a vivienda protegida según el Decreto 211/2008.
Plazos
Del 08/08/2024 al 07/11/2024
Duración del trámite
3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Subvención para la adquisición de vivienda protegida en Aragón - Convocatoria 2024
A través de este trámite,se solicitan subvenciones destinadas a financiar la adquisición de viviendas protegidas por unidades familiares que cumplan con los requisitos de acceso previsto en la legislación de vivienda protegida y al promotor para uso propio.
Plazo de presentación
Del 08/08/2024 al 07/11/2024
Dirigido a
- Pueden ser beneficarios de la subvención las personas físicas que adquieran la vivienda,los adjudicatarios miembros de cooperativas o de comunidades de bienes,a partir del momento en que se les adjudique una vivienda individualizada,y los promotores individuales de viviendas protegidas de nueva construcción para uso propio,a partir del momento de la obtención de la calificación provisional de su vivienda.
Requisitos
- Tener unos ingresos no inferiores a 1’5 veces el IPREM y no podrán superar 5’5 veces el IPREM,ponderado de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto 60/2009,de 14 abril del Gobierno de Aragón,por el que se regula el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012.
- Cumplir el resto de los requisitos de acceso a una vivienda protegida previstos en el Decreto 211/2008,de 4 de noviembre,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba el Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón.
Documentación
Presentar en todos los casos:
- Documento público que acredite que se ha adquirido el inmueble
Descargar modelo Si no ha presentado declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas
- Declaración responsable
Descargar modelo Declaración responsable
- Autorización de cada una de las personas integrantes de la unidad de convivencia
Descargar modelo Autorización de cada una de las personas integrantes de la unidad de convivencia
- En los casos en que el solicitante no otorgue su autorización
Formulario del trámite:
Presentación de la solicitud
Telemática
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe,certificado electrónico o cl@ve). Descubre más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica.
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. Descargar formulario
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA),completa los datos solicitados,sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
Presencial
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. Descargar formulario
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Contacto y ayuda
- Teléfono. Subdirección Provincial de Vivienda. Zaragoza. 976 715 119
- Correo electrónico. Subdirección Provincial de Vivienda. Zaragoza. vpozaragoza@aragon.es
- Teléfono. Subdirección Provincial de Vivienda. Huesca. 974 293 070
- Correo electrónico. Subdirección Provincial de Vivienda. Huesca. viviendahuesca@aragon.es
- Teléfono. Subdirección Provincial de Vivienda. Teruel. 978 641 014
- Correo electrónico. Subdirección Provincial de Vivienda. Teruel. vivienda.teruel@aragon.es
¿Necesitas ayuda para realizar el trámite?
Si no tienes los medios adecuados o la capacidad para hacer este trámite online puedes tramitar con ayuda del personal habilitado.
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos,contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos,contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesae@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp:+34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Normativa
- Orden FOM/879/2024,de 29 de julio,por la que se convocan para el ejercicio 2024,subvenciones para la adquisición de vivienda protegida en Aragón
- Orden FOM/699/2024,de 18 de junio,por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones del Plan de Fomento de Vivienda Protegida de Aragón
- Decreto Legislativo 2/2023,de 3 de mayo,del Gobierno de Aragón,por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón
- Ley 38/2023,de 17 de noviembre,General de Subvenciones
- Decreto 60/2009,de 14 de abril,del Gobierno de Aragón,por el que se regula el Plan aragonés para facilitar el acceso a la vivienda y fomentar la rehabilitación 2009-2012
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
Del 08/08/2024 al 07/11/2024
Tres meses a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón
Paso 1:
Paso 2:
Consultar trámite Consultar formas de presentación
Subsanación
Si falta información en tu trámite,la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Resolución
3 meses contados desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Saber más sobre el silencio administrativo
¿Cómo realizar este trámite?
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
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