Subvención entidades privadas sin ánimo de lucro para actuaciones de promoción turística. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 5 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro para llevar a cabo actividades de promoción turística en Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades privadas sin ánimo de lucro que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.

Requisitos principales

  • Ser una entidad privada sin ánimo de lucro.
  • Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y el artículo 14 de la misma ley, así como los equivalentes en la Ley 5/2015 de Subvenciones de Aragón.
  • Cumplir con los requisitos específicos que se establezcan en la convocatoria.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes se especificará en cada convocatoria.

Duración del trámite

Variable según convocatoria

Información adicional

Es importante consultar las bases reguladoras y la convocatoria específica para conocer todos los detalles y requisitos aplicables.

Resumen

Este trámite permite a entidades privadas sin ánimo de lucro solicitar subvenciones para proyectos de promoción turística en Aragón.

Quién puede usar este servicio: Entidades privadas sin ánimo de lucro.

Requisitos

  • Cumplir los requisitos del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y las obligaciones del artículo 14 de la misma, así como los equivalentes de la Ley 5/2015 de Subvenciones de Aragón.
  • Cumplir los requisitos específicos de cada convocatoria.

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