SUBVENCIÓN A INVERSIONES EN LA GESTIÓN DE SUBPRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO EN LAS PLANTAS DE TRANSFORMACIÓN, DESTRUCCIÓN O VALORIZACIÓN
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
6 meses
La concesión de subvenciones destinadas a establecimientos de transformación, destrucción o valorización de subproductos para:
Quién puede solicitarlo
Establecimientos de transformación, destrucción o valorización de subproductos.
Requisitos y observaciones
1. No tener la consideración de empresa en crisis (punto 2 de la Comunicación de la Comisión 2004/C244/02).
2. Estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social..
3. Acreditar el cumplimiento de las normas ambientales que le sean de aplicación, en particular, las relacionadas con la gestión de los subproductos de origen animal no destinados al consumo humano generados en su empresa.
4. No estar incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en la normativa aplicable en materia de subvenciones.
5. Estar autorizados de acuerdo con lo previsto por el Reglamento (CE) nº 1069/2009, del Parlamento Europeo, de 21 de octubre de 2009, y registrados en la lista de establecimientos autorizados, según lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto 1429/2003, de 21 de noviembre.
6 . Presentar una memoria técnica valorada,
7. En el caso de establecimientos de nueva creación, los proyectos deberán cumplir lo siguiente:
? Contar con los permisos y licencias necesarias para el inicio de las labores de construcción, en particular en el ámbito medioambiental.
? Presentar una memoria técnica valorada.
8. Presentar una declaración, escrita o en soporte electrónico, sobre cualquier otra ayuda 'de minimis' recibida durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso.
Se tramita en el Servicio de Seguridad Agroalimentaria.
Pueden dirigirse también a las: Oficinas Comarcales Agroambientales del Dpto.
-- Ficha de terceros (si es necesario)
El beneficiario deberá manifestar la aceptación de la subvención en el plazo de 15 días hábiles desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión.
Qué documentación necesito
1. Copia de la licencia de actividad.
2. Declaración por la que se manifiesta no estar dentro de la categoría de empresa en
crisis.
3. Memoria técnica valorada elaborada por un titulado universitario en disciplina de contenido agrario o industrial, deberá justificar :
- En las ayudas a proyectos innovadores; lo novedoso del proyecto y las posibilidades de gestión y valorización de los subproductos procesados, así como la naturaleza de los subproductos a gestionar, y una exposición razonada de las dificultades específicas de gestión que presenten.
- En las ayudas de adopción de sistemas de aprovechamiento energético o de valorización agronómica mediante compostaje; la capacidad de gestión e incidencia medioambiental del mismo.
- En las ayudas de diversificación hacia el procesado de subproductos de categoria 2: impacto económico de la medida en relación con los sistemas de recogida de cadáveres que operen en la zona, y gestión o destino final de los subproductos generados.
4. Si se trata de un establecimiento de nueva creación, copia de permisos y licencias para el inicio de labores de construcción, en particular en el ámbito de medio ambiente.
5. Declaración escrita sobre cualquier ayuda 'de minimis' recibida durante los dos ejercicios
anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso
Además, cuando se trate de personas jurídicas:
a) Documentos que acrediten la personalidad jurídica del solicitante.
b) Documento en el que conste el acuerdo del órgano correspondiente de la entidad por el que se solicite la subvención.
c) Documento que acredite la representación de la persona que suscribe la solicitud.
Descargar formularios:
SUBVENCIÓN A INVERSIONES EN LA GESTIÓN DE SUBPRODUCTOS DE ORIGEN ANIMAL NO DESTINADOS AL CONSUMO HUMANO EN LAS PLANTAS DE TRANSFORMACIÓN, DESTRUCCIÓN O VALORIZACIÓN
COMUNICACIÓN DE LA ACEPTACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
Lugar y forma de presentación
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Normativa
- Reglamento (CE) n o 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009 , por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano y por el que se deroga el Reglamento (CE) n o 1774/2002 (Reglamento sobre subproductos animales) (DO L 300 de 14.11.2009 )
-Reglamento (UE) n ° 142/2011 de la Comisión, de 25 de febrero de 2011 , por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) n ° 1069/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas sanitarias aplicables a los subproductos animales y los productos derivados no destinados al consumo humano, y la Directiva 97/78/CE del Consejo en cuanto a determinadas muestras y unidades exentas de los controles veterinarios en la frontera en virtud de la misma Texto pertinente a efectos del EEE (DO L 54 de 26.2.2011)
- Real Decreto 1178/2008, de 11 de julio. bases reguladoras de las ayudas destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y los establecimientos de gestión de suproductos para mejora de la capacidad técnica de gestión de los subproductos de origen animal no destinados al consumo humano (BOE nº 168 de 12 de julio de 2008)
- ORDEN de 29 de mayo de 2012, del Consejero de Agricultura, Ganaderia y Medio Ambiente por la que se convocan subvenciones destinadas a las explotaciones ganaderas, las industrias agroalimentarias y establecimientos de gestión de subproductos, para la mejora de la capacidad técnica de gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano, para el año 2012(BOA nº 110 de 8 de junio de 2012 )
Organismo responsable
Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente
Más información
Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 1169, indícanoslo para darte una mejor información
Gestión del trámite
Antes de iniciar el trámite online necesitarás:
Tener un certificado digital.
Tener escaneados los documentos y formularios solicitados en este detalle.
Algunos documentos necesitarán estar firmados electrónicamente o haberlos presentado en el registro telemático.
Si el trámite se solicita el pago de tasas, una vez realizado el pago deberá escanear el justificante para añadirlo durante la tramitación.
Si el pago es online, guarde el justificante en su equipo para añadirlo en la tramitación.
Descargar formularios: