Solicitud de plazas en centros especializados de servicios sociales - Estancia temporal en centro residencial. 8884. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar una plaza para estancia temporal en un centro residencial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS), ya sea por empeoramiento de la persona dependiente, situación sobrevenida del cuidador o para permitir el descanso del cuidador.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas en situación de dependencia, personas con discapacidad (dependientes o no), mujeres mayores y mujeres con discapacidad en situación de violencia.

Requisitos principales

  • Estar en situación de dependencia, tener discapacidad (dependiente o no), ser mujer mayor o mujer con discapacidad en situación de violencia.
  • Encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:
  • Empeoramiento puntual de la persona dependiente (máximo 60 días).
  • Situación temporal del cuidador que impide prestar cuidados (máximo 60 días).
  • Necesidad de descanso del cuidador.

Plazos

En plazo permanente

Duración del trámite

Variable, hasta 15 días para casos urgentes y un mes para descanso del cuidador.

Información adicional

- La estancia temporal se disfrutará, con carácter general, por un máximo de 30 días. En los casos de empeoramiento y situación sobrevenida, se podrá prorrogar hasta otros 30 días. - Tendrán preferencia para su adjudicación las solicitudes de estancias temporales por empeoramiento puntual de la persona dependiente, seguidas de las solicitudes por situación sobrevenida del cuidador. - Habrá participación en la financiación del coste del servicio por parte de la persona usuaria (copago).

Resumen

Este trámite permite solicitar una plaza para una estancia temporal en un centro residencial del Instituto Aragonés de Servicios Sociales (IASS). Esta estancia puede ser necesaria por diversas razones, como el empeoramiento de la persona dependiente, una situación inesperada del cuidador que le impide seguir prestando cuidados, o para permitir un descanso al cuidador.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas en situación de dependencia.
  • Personas con discapacidad, tanto dependientes como no dependientes.
  • Mujeres mayores.
  • Mujeres con discapacidad en situación de violencia.

Lo que necesitas

Documentación requerida:

Requisitos:

  • Encontrarse en alguna de las siguientes circunstancias:
    • Empeoramiento puntual de la persona dependiente, cuando se espere mejoría y no requiera atención hospitalaria, sino atención residencial temporal (máximo 60 días).
    • Situación sobrevenida y temporal del cuidador que impide que pueda continuar prestando cuidados (máximo 60 días).
    • Descanso del cuidador.

Costes:

  • La persona usuaria participará en la financiación del coste del servicio (copago).

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria: Descarga y completa la Declaración Responsable (DRU) y obtén un informe médico.
  2. Presenta la solicitud: Puedes hacerlo de dos maneras:

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La resolución de concesión de la estancia temporal será emitida por el Director Provincial del IASS correspondiente.
  • La resolución se dictará y notificará en los siguientes plazos:
    • Para estancias temporales por empeoramiento puntual o situación sobrevenida del cuidador: máximo 15 días desde la entrada de la solicitud en el Registro de la Dirección Provincial.
    • Para estancias temporales por descanso del cuidador: con una antelación mínima de un mes respecto al inicio del descanso.

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