Solicitud de ayudas financieras al alquiler de vivienda - Convocatoria 2024. 10214. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 6 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Concesión de ayudas financieras para el alquiler de vivienda a personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento o cesión de uso de vivienda o habitación en Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento de vivienda o habitación en Aragón.

Requisitos principales

  • Ser mayor de edad.
  • Tener nacionalidad española o de un país de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo, Suiza, o cumplir con los requisitos de parentesco según la normativa aplicable. Los extranjeros no comunitarios deben tener autorización de residencia o estancia en España.
  • Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda o habitación en Aragón.
  • Que la vivienda o habitación arrendada constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario.
  • La renta mensual no debe superar los 600 euros para vivienda o 300 euros para habitación.
  • La suma de las rentas anuales de todos los residentes en la vivienda no debe superar 3 veces el IPREM (25.200 euros), con excepciones para familias numerosas, personas con discapacidad o víctimas de terrorismo.
  • La totalidad de los ingresos de los residentes en la vivienda debe ser como mínimo 0.5 veces el IPREM (4.200 euros) anuales.
  • No encontrarse en ninguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • No ser propietario o usufructuario de otra vivienda en España (con excepciones).
  • No tener parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad o afinidad con el arrendador.
  • No ser socio o partícipe de la persona física o jurídica que actúe como arrendadora (excepto cooperativas de vivienda en cesión de uso y sin ánimo de lucro).
  • No tratarse del arrendamiento de viviendas de bolsas de alquiler social del Gobierno de Aragón o entidades locales.

Plazos

El plazo de presentación es del 21 de mayo de 2024 al 21 de junio de 2024.

Duración del trámite

3 meses

Información adicional

Varias entidades colaboradoras pueden ofrecer información, asesoramiento y ayuda para presentar la solicitud y subsanar errores. La ayuda económica será del 50 % de la renta, con un máximo de 600 € mensuales en el caso de vivienda y de 300€ en el caso de arrendamiento de habitación. Tendrá una duración máxima de 12 meses , entre 1 de enero 2024, o fecha de inicio del contrato, si ésta es posterior, y el 31 de diciembre de 2024, o fecha de finalización del contrato, si es anterior.

Resumen

Este trámite permite solicitar ayudas financieras para el alquiler de vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón. Estas ayudas están destinadas a personas físicas mayores de edad que sean titulares de un contrato de arrendamiento o cesión de uso de vivienda o habitación.

Quién puede usar este servicio:

  • Personas físicas, mayores de edad, que sean titulares de un contrato de arrendamiento o cesión de uso de vivienda o habitación en Aragón.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.
  • Reúne toda la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

Requisitos previos:

  • Cumplir con los requisitos detallados en la sección "Requisitos".

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.
  • El plazo de presentación es del 21 de mayo de 2024 al 21 de junio de 2024.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Accede al formulario de solicitud online en https://aplicaciones.aragon.es/saav.
  3. Completa el formulario con la información requerida.
  4. Adjunta la documentación solicitada.
  5. Presenta la solicitud de forma electrónica.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud se formaliza a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón.
  • También se puede presentar en los registros administrativos.

Tiempos de espera:

  • El plazo máximo para resolver la solicitud es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración revisará tu solicitud y la documentación adjunta.
  • Si falta información, te lo comunicarán para que la subsanes.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver la solicitud es de 3 meses.

Siguientes pasos:

  • Si tu solicitud es aprobada, recibirás la ayuda financiera según los términos establecidos en la convocatoria.

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