Segunda opinión médica. 1171. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los usuarios del Sistema de Salud de Aragón solicitar una segunda opinión médica para ciertos procesos asistenciales, una vez completado el diagnóstico y siempre que no requiera tratamiento urgente.

¿Quién puede solicitarlo?

Usuarios del Sistema de Salud de Aragón que residan en la comunidad.

Requisitos principales

  • Ser usuario del Sistema de Salud de Aragón.
  • Ser residente en Aragón.
  • Tener capacidad de obrar o actuar mediante representante legal.
  • La solicitud debe ser para una de las siguientes enfermedades:
  • Enfermedad degenerativa progresiva sin tratamiento curativo o con tumoración del sistema nervioso central o de una enfermedad neoplásica maligna, incluido el melanoma (excepto cánceres de piel).
  • Enfermedad inflamatoria intestinal, cuando el tratamiento propuesto sea inmunosupresor o quirúrgico.
  • Neoplasias malignas, excepto los cánceres de piel que no sean el melanoma.
  • Enfermedad coronaria avanzada de angioplastia simple o múltiple frente a cirugía cardiaca coronaria convencional.
  • Cirugía coronaria convencional en situación de riesgo, con o sin circulación extracorpórea, frente a revascularización transmiocárdica con láser, neoangiogénesis o trasplante.
  • Cardiopatía congénita con indicación de cierre o ampliación de defecto congénito por técnica de cardiología intervencionista frente a cirugía convencional.
  • Necesidad de trasplante.
  • Tratamiento quirúrgico en escoliosis de grado mayor, idiopática o no idiopática.
  • Diagnóstico de enfermedad rara.

Plazos

El plazo de presentación está permanentemente abierto.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

No especificado

Resumen

Este trámite permite a los usuarios del Sistema de Salud de Aragón solicitar una segunda opinión médica para ciertos procesos asistenciales. La solicitud se puede realizar una vez completado el proceso diagnóstico, siempre que no requiera tratamiento urgente y para los casos contemplados en la normativa.

Quién puede usar este servicio

Usuarios del Sistema de Salud de Aragón que residan en la comunidad.

Antes de empezar

Es importante asegurarse de que el proceso diagnóstico esté completo y que la situación no requiera tratamiento urgente.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Anexo I (solo si se presenta en registro)
  • Métodos de identificación electrónica (DNI electrónico, certificado digital) para presentación telemática

Requisitos previos

  • Ser usuario del Sistema de Salud de Aragón.
  • Ser residente en Aragón.
  • Tener capacidad de obrar o actuar mediante representante legal.
  • La solicitud debe ser para una de las siguientes enfermedades:
    • Enfermedad degenerativa progresiva sin tratamiento curativo o con tumoración del sistema nervioso central o de una enfermedad neoplásica maligna, incluido el melanoma (excepto cánceres de piel).
    • Enfermedad inflamatoria intestinal, cuando el tratamiento propuesto sea inmunosupresor o quirúrgico.
    • Neoplasias malignas, excepto los cánceres de piel que no sean el melanoma.
    • Enfermedad coronaria avanzada de angioplastia simple o múltiple frente a cirugía cardiaca coronaria convencional.
    • Cirugía coronaria convencional en situación de riesgo, con o sin circulación extracorpórea, frente a revascularización transmiocárdica con láser, neoangiogénesis o trasplante.
    • Cardiopatía congénita con indicación de cierre o ampliación de defecto congénito por técnica de cardiología intervencionista frente a cirugía convencional.
    • Necesidad de trasplante.
    • Tratamiento quirúrgico en escoliosis de grado mayor, idiopática o no idiopática.
    • Diagnóstico de enfermedad rara.

Costes y plazos

El trámite es gratuito y el plazo de presentación está permanentemente abierto.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Telemáticamente:
    1. Necesitas identificación electrónica (DNIe, certificado o cl@ve).
    2. Descarga y completa el formulario.
    3. Reúne la documentación necesaria.
    4. Inicia el trámite en el Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos, sube el formulario y la documentación, y firma electrónicamente.
  2. Presencialmente:
    1. Descarga y completa el formulario.
    2. Reúne la documentación necesaria.
    3. Solicita cita previa en una oficina de información y registro.
    4. Presenta el formulario y la documentación en la oficina.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Si falta información en tu solicitud, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarla o mejorarla. Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Plazos de resolución

Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado por silencio administrativo.

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