Responsabilidad patrimonial por percance escolar. 247. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar una compensación económica por daños o lesiones sufridas en centros educativos del Gobierno de Aragón, causadas por su funcionamiento normal o incorrecto.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona que haya sufrido daños o lesiones en sus bienes o derechos patrimoniales.

Requisitos principales

  • Daño o perjuicio real, evaluable económicamente e individualizado.
  • El daño debe ser consecuencia directa del funcionamiento del centro educativo, sin causas externas.
  • El daño no debe ser por fuerza mayor ni algo que el solicitante deba soportar legalmente.
  • La reclamación debe hacerse dentro de un año desde el incidente o desde la curación/determinación de secuelas.

Plazos

Plazo permanente. Existe un plazo de un año para reclamar desde que se produce el daño o desde la curación/determinación del alcance de las secuelas físicas.

Duración del trámite

6 meses desde la entrada en registro.

Información adicional

En caso de accidentes escolares, la solicitud puede presentarse en el centro donde ocurrió. Existe una póliza de seguros de la Diputación General de Aragón que podría cubrir la indemnización. Se requiere un dictamen del Consejo Consultivo de Aragón para reclamaciones superiores a 6.000 euros.

Resumen

Este trámite permite solicitar una compensación económica por daños o lesiones sufridas como consecuencia del funcionamiento, normal o anormal, de los centros educativos gestionados por el Departamento de Educación, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.

Quién puede usar este servicio:

  • Titulares de bienes o derechos patrimoniales lesionados.

Requisitos

  • El daño o perjuicio debe ser real y evaluable económicamente.
  • Debe existir una relación directa entre el daño y el funcionamiento del centro educativo.
  • El daño no debe ser resultado de fuerza mayor ni una obligación legal del solicitante.
  • La reclamación debe presentarse dentro de un año desde el incidente o desde la determinación de las secuelas.

Documentación

Presentar en todos los casos:

  • Escrito de reclamación: Debe incluir la descripción de los daños, lugar y momento del incidente, y una evaluación económica de la lesión.
  • Copia del DNI del reclamante: Si es mayor de edad.
  • Acreditación de representación: Si actúa un representante, debe acreditarse legalmente. En el caso de padres, copia compulsada del libro de familia.
  • Facturas: Originales selladas y con el recibí, y cualquier otro documento que respalde la reclamación.

Formulario del trámite:

Si lo deseas, puedes descargar el formulario del trámite:

Descargar formulario

Cómo hacerlo

Presentación de la solicitud

Presencial:

  1. Descarga y completa el formulario: Descargar formulario
  2. Reúne la documentación necesaria.
  3. Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario y la documentación en la oficina.

Información adicional

  • En caso de accidentes escolares, la solicitud puede presentarse en el centro donde ocurrieron.
  • Existe una póliza de seguros suscrita por la Diputación General de Aragón que podría cubrir la indemnización.
  • Se requiere un dictamen del Consejo Consultivo de Aragón para reclamaciones superiores a 6.000 euros.

Contacto y ayuda

  • Otros canales: Horario teléfono De 9:00 a 14:00 horas

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

Órgano responsable

SECRETARIA GENERAL TECNICA DEL DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

En plazo permanente

Trámite presencial

Acude a nuestras oficinas de Registro con cita previa para presentar tu trámite.

Descargar formulario

Pedir cita previa

Subsanación

Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.

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Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.

Aportar documentación

Resolución

6 meses desde la entrada en registro

Si tu solicitud no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, puedes esperar a que la administración resuelva (puede aceptar o denegar tu solicitud) o interponer un recurso.

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Preguntas frecuentes


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