Rescisión total o parcial de consorcios y convenios de repoblación forestal. 373. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la anulación total o parcial de acuerdos y convenios forestales entre la Administración y dueños de terrenos para la repoblación.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de montes consorciados o conveniados y personas con derechos sobre los terrenos del contrato forestal.
Requisitos principales
- Tener el acuerdo del propietario del monte.
- Cumplir con los requisitos establecidos en las bases del contrato.
Plazos
El plazo de presentación está permanentemente abierto.
Duración del trámite
3 meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera aceptado.
Información adicional
Los datos personales recogidos en las solicitudes dirigidas al INAGA se incorporarán a las actividades de tratamiento del Instituto. Más información sobre la política de protección de datos y seguridad de la información en la página web del INAGA.
Resumen
Este trámite permite solicitar la anulación, ya sea completa o en parte, de los acuerdos y convenios forestales que la Administración haya firmado con personas físicas o jurídicas que sean dueñas de terrenos aptos para la repoblación.
Subtipología 48A del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA)
Quién puede usar este servicio
- Dueños de montes que tengan un consorcio o convenio.
- Personas que tengan derechos sobre los terrenos que son parte del contrato forestal.
Lo que necesitas
Requisitos
- Tener el permiso del dueño del monte.
- Cumplir con lo que se pide en el contrato.
Documentación
- En todos los casos:
- Anexo I: Datos básicos del consorcio o convenio a rescindir: Información básica del acuerdo o convenio que se quiere anular, total o parcialmente.
- Acreditación de la propiedad de las fincas: Si es necesario.
- Plano de la situación: Un mapa a escala 1:50.000, 1:25.000 o un plano catastral. Si es necesario, también un plano detallado de los terrenos que se quieren rescindir.
- Solo si cumples alguna de estas condiciones:
- En montes particulares:
- Escrituras de Constitución: Escrituras de Constitución de la Sociedad y Poder de presentación, si es el caso.
- En montes públicos:
- Acuerdo del Pleno: Un documento que certifique que el Pleno de la Entidad Titular está de acuerdo con la solicitud de rescisión del consorcio o convenio.
- Para solicitantes distintos del titular del consorcio:
- Declaración de utilidad pública: Un documento que declare que la instalación o el uso que se pretende dar al terreno es de utilidad pública y permite la expropiación.
- Memoria descriptiva: Un informe que explique por qué se quiere rescindir el consorcio o convenio.
- Plano de la planta de las instalaciones: Un plano digital con coordenadas UTM ETRS89.
- Declaración de Impacto Ambiental.
- Concesión Hidráulica.
- Autorización administrativa del proyecto.
- En montes particulares:
Cómo hacerlo
Presentación de la solicitud
- Iniciar trámite (Telemática)
- Si necesitas ayuda para presentar la documentación a través del Registro Telemático, INAGA ofrece atención presencial (solo para personas físicas).
Ayuda
- Teléfono: 976 716 633
- Correo electrónico: inaga@aragon.es
- Página web: Contacte con INAGA por correo electrónico
- Página web: Contacte con INAGA por teléfono
- Página web: Atención presencial en INAGA
- Página web: Instituto Aragonés de Gestión Ambiental
Ayuda con la tramitación electrónica
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00)
- infoyregistro@aragon.es
Más información
Órgano responsable
INSTITUTO ARAGONES DE GESTION AMBIENTAL
Normativa
- Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
- Ley 10/2006, de 28 de abril, por la que se modifica la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes
- Decreto 485/1962, de 22 de febrero, por que se aprueba el Reglamento de Montes
- Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón
Proceso de tramitación y acciones disponibles
- Iniciar trámite
- Subsanar trámite: Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo.
- Aportar documentación: Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
- Resolución: 3 meses. Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado. Saber más sobre el silencio administrativo