Remisión de la información por las empresas de prestación de servicios de recarga energética de vehículos eléctricos sobre los puntos de recarga.. 10122. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas que ofrecen servicios de recarga para vehículos eléctricos enviar la información requerida a la Comunidad Autónoma de Aragón, según lo establecido en la Orden TED/445/2023.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas que prestan servicios de recarga energética para vehículos eléctricos.

Requisitos principales

  • Ser una empresa que preste servicios de recarga energética para vehículos eléctricos.
  • Disponer de un sistema de identificación electrónica válido (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).

Plazos

El plazo de presentación es permanente.

Duración del trámite

Indeterminado

Información adicional

La información a remitir está regulada por la Orden TED/445/2023, de 28 de abril.

Resumen

Este procedimiento permite a las empresas que ofrecen servicios de recarga para vehículos eléctricos enviar la información requerida a la Comunidad Autónoma de Aragón, según lo establecido en la Orden TED/445/2023.

Plazo de presentación

El plazo de presentación es permanente.

Cómo hacerlo

Presentación telemática

  1. Necesita un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Puede encontrar más información sobre los métodos de identificación y firma electrónica en este enlace.
  2. Pulse en "Iniciar trámite", complete la solicitud, suba la documentación correspondiente y firme electrónicamente.

Ayuda

Contacto

  • Correo electrónico: Servicio de Metrología, Seguridad y Calidad Industrial sgi@aragon.es

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

Órgano responsable

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN INDUSTRIAL E INNOVACIÓN

Normativa

Proceso de tramitación y acciones disponibles

Plazo de presentación

El plazo de presentación es permanente.

Subsanación

Si falta información en su trámite, la Administración le comunicará los errores y le dará un plazo para subsanarlos o mejorarlos.

Aportación

Puede realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar su trámite.

Resolución

Si su trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado.


Preguntas frecuentes


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