Registro de servicios de información joven pertenecientes al Sistema Aragonés de Información Joven. 801. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a entidades jurídicas, públicas o privadas, inscribirse en el Sistema Aragonés de Información Joven como Oficina Comarcal, Municipal o Punto de Información Juvenil en Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro.
Requisitos principales
- Ser una entidad jurídica, pública o privada, sin ánimo de lucro.
- El objeto principal debe ser la realización de actividades informativas dirigidas y prestadas directamente a jóvenes.
- Las Oficinas de Información Joven deben prestar servicios dirigidos a jóvenes, desarrollando funciones específicas.
- Los Puntos de Información Joven deben poner a disposición del joven materiales informativos propios y los proporcionados por una Oficina de Información Joven o la unidad administrativa competente.
Plazos
Plazo permanente
Duración del trámite
3 meses (si no hay respuesta en este tiempo, se considera aceptado)
Información adicional
La entidad promotora del Punto de Información Joven debe comunicar anualmente, en noviembre, los datos del responsable a la Sección de Información e Inspección de Servicios Juveniles del Instituto Aragonés de la Juventud. El incumplimiento puede llevar a la revocación del reconocimiento.
Resumen
Este trámite permite a entidades jurídicas, públicas o privadas, solicitar la inscripción en el Sistema Aragonés de Información Joven como Oficina Comarcal, Municipal o Punto de Información Juvenil en Aragón.
Quién puede usar este servicio:
- Entidades jurídicas, públicas o privadas, sin ánimo de lucro.
Lo que necesitas
Documentación:
- Solicitud de reconocimiento como Servicio de Información Joven (Anexo I).
- Declaración responsable (Anexo II). Descargar modelo: Anexo II: declaración responsable
- Memoria justificativa (Anexo III). Descargar modelo: Anexo III: memoria justificativa
Requisitos:
- Ser una entidad jurídica, pública o privada, sin ánimo de lucro.
- El objeto principal debe ser la realización de actividades informativas dirigidas y prestadas directamente a jóvenes.
- Las Oficinas de Información Joven deben prestar servicios dirigidos a jóvenes, desarrollando funciones específicas.
- Los Puntos de Información Joven deben poner a disposición del joven materiales informativos propios y los proporcionados por una Oficina de Información Joven o la unidad administrativa competente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación: Reúne la documentación necesaria y completa el formulario.
- Presentación: Puedes presentar la solicitud de forma telemática o presencial.
- Telemáticamente: Necesitas DNIe, certificado electrónico o cl@ve. Accede al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos, sube el formulario y la documentación, y firma electrónicamente. Iniciar trámite
- Presencialmente: Solicita cita previa en una oficina de información y registro y presenta el formulario y la documentación.
Después de hacerlo
- Plazo de resolución: 3 meses. Si no hay respuesta en este tiempo, se considera aceptado.
- Si falta información en tu trámite, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo o mejorarlo. Subsanar trámite
- Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación
Ayuda
- Contacto: Correo electrónico: informacion.iaj@aragon.es
- Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
- Servicio de Información y Registro: 976 714 000 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00) / infoyregistro@aragon.es
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón: 976 289 414 (lunes a viernes de 8:00 a 18:00) / soportesda@aragon.es / Formulario de Solicitud de Soporte Técnico / WhatsApp: +34 973 901 905 (Información sobre el canal WhatsApp)
Más información
- Órgano responsable: INSTITUTO ARAGONÉS DE LA JUVENTUD
- Normativa: Decreto 133/2020, de 23 de diciembre