Registro de mediadores de seguros de Aragón - Inscripción de corredor de seguros. 1464. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Inscribirse en el registro administrativo de mediadores de seguros de Aragón como corredor de seguros, ya sea persona física o jurídica.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas físicas o jurídicas que deseen ejercer la actividad de corredor de seguros en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Requisitos principales
- Cumplir los requisitos del artículo 157 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, que incluyen honorabilidad comercial y profesional, formación adecuada, capacidad financiera y seguro de responsabilidad civil profesional.
- En caso de persona física: Tener capacidad legal para ejercer el comercio y no incurrir en incompatibilidades.
- En caso de persona jurídica: Ser sociedad mercantil o cooperativa inscrita en el Registro Mercantil con objeto social de distribución de seguros, inscribir a los cargos de administración y no incurrir en incompatibilidades.
Plazos
En plazo permanente
Duración del trámite
2 meses
Información adicional
Es obligatorio estar inscrito en el Registro antes de iniciar la actividad. Los mediadores cuyo domicilio y ámbito de operaciones se encuentren en Aragón deben inscribirse en este registro. El incumplimiento de la normativa puede dar lugar a sanciones. La formación continua debe actualizarse anualmente. Cualquier cambio en los datos del registro debe comunicarse.
Resumen
Este trámite permite la inscripción en el registro administrativo de mediadores de seguros de Aragón como corredor de seguros, tanto para personas físicas como jurídicas.
Quién puede usar este servicio
- Personas físicas que deseen ejercer como corredor de seguros.
- Personas jurídicas (sociedades mercantiles o cooperativas) que deseen ejercer como corredor de seguros.
Antes de empezar
Es obligatorio estar inscrito en el Registro administrativo de mediadores de seguros de Aragón antes de iniciar la actividad.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Programa de actividades y formación. Descargar modelo
- Acreditación de la superación del curso de formación en materias financieras y de seguros privados o prueba de aptitud.
- Copia del seguro de responsabilidad civil profesional contratado u otra garantía financiera.
- CV del titular del departamento o servicio de atención al cliente o defensor.
- Copia del Reglamento de funcionamiento del servicio para la defensa del cliente.
- En caso de acreditar la capacidad financiera con aval o seguro de caución: Copia del aval o seguro de caución contratado.
- En caso de acreditar capacidad financiera con certificado de primas abonadas: Certificado de la compañía aseguradora en relación a la capacidad financiera.
- En caso de ser persona jurídica: Copia simple notarial o auténtica de la escritura pública de constitución como sociedad mercantil o cooperativa inscrita en el registro Mercantil.
Requisitos previos
- Cumplir los requisitos establecidos en el artículo 157 Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero.
- En caso de ser persona física: Tener capacidad legal para ejercer el comercio y no incurrir en las causas de incompatibilidad previstas en el artículo 159.
- En caso de ser persona jurídica: Ser sociedad mercantil o cooperativa inscrita en el Registro Mercantil y registro de cooperativas correspondiente, cuyo objeto social sea la realización de actividades de distribución de seguros como corredor de seguros.
Costes y plazos
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo de presentación es permanente.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Reúne la documentación necesaria.
- Presenta la solicitud de forma telemática o presencial.
- Si la solicitud es correcta, se procederá a la inscripción en el registro.
Información sobre cada etapa
- Presentación telemática: Necesitas identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Completa la solicitud, sube la documentación y firma electrónicamente. Iniciar trámite
- Presentación presencial: Reúne la documentación y solicita cita previa en una oficina de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
Tiempos de espera
- El plazo de resolución es de 2 meses.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez inscrito, podrás ejercer la actividad de corredor de seguros en Aragón.
Plazos de resolución
- El plazo máximo de resolución es de 2 meses. Si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado por silencio administrativo.
Siguiente pasos
- Cualquier cambio en los datos del registro debe ser comunicado.
- La formación continua debe ser actualizada anualmente.
Ayuda
Contacto
- Teléfono: 976 714 671 (lunes a viernes de 9:00 a 14:00).
- Correo electrónico: mediacionseguros.economia@aragon.es
- Presencial: Edificio Pignatelli. Paseo María Agustín, 36, Puerta 7, 2ª Planta. 50004. Zaragoza
Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
Ayuda con la tramitación electrónica
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Normativa
- Decreto 278/2023, de 5 de diciembre, por el que se regula la actividad y el registro administrativo de los distribuidores de seguros y reaseguros privados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Antes de empezar
- Lo que necesitas
- Documentos requeridos
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguiente pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Ayuda con la tramitación electrónica
- Normativa
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración