Registro de elecciones sindicales de personal laboral - Comunicación del reglamento de comité de empresa. 7620. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Comunicar la organización interna y las funciones del reglamento del comité de empresa a la autoridad laboral para su registro.
¿Quién puede solicitarlo?
Comités de empresa
Requisitos principales
- Haber formado un comité de empresa.
- Haber acordado el reglamento interno mediante una asamblea.
Plazos
El plazo de presentación es permanente.
Duración del trámite
No aplica.
Información adicional
Los comités de empresa deben elegir un presidente y un secretario, elaborar su propio reglamento (que no puede contravenir la ley), y reunirse cada dos meses o cuando lo solicite un tercio de sus miembros o de los trabajadores representados.
Resumen
Este trámite permite a los comités de empresa comunicar su reglamento interno a la autoridad laboral para su registro.
Quién puede usar este servicio Comités de empresa ya constituidos.
Antes de empezar Es necesario haber formado el comité de empresa y haber acordado el reglamento interno en asamblea.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Copia del reglamento del comité de empresa.
Requisitos previos
- Haber formado un comité de empresa y haber acordado el reglamento interno mediante una asamblea.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Reúne la documentación: Ten a mano una copia del reglamento del comité de empresa.
- Elige cómo presentar la comunicación:
- Telemáticamente: A través de la sede electrónica de la administración con DNIe, certificado electrónico o Cl@ve.
- Presencialmente: En una oficina de registro, preferiblemente con cita previa.
- Presenta la documentación:
- Telemáticamente: Completa el formulario online, adjunta el reglamento y firma electrónicamente. Iniciar trámite
- Presencialmente: Entrega la documentación en la oficina de registro.
Información sobre cada etapa
- La comunicación debe incluir una copia del reglamento del comité.
- Los profesionales deben realizar este trámite de forma telemática.
Después de hacerlo
Qué sucede después La autoridad laboral registrará el reglamento del comité de empresa.
Ayuda
Contacto
- Zaragoza:
- Teléfono: 976 715 945
- Correo electrónico: oprzaragoza@aragon.es
- Presencial: Paseo Fernando el Católico, 63-65 (cita previa).
- Huesca:
- Teléfono: 974 293 017
- Correo electrónico: trabajohu@aragon.es
- Presencial: C/ Ricardo del Arco, 6, 2ª planta, 22 (cita previa).
- Teruel:
- Teléfono: 978 641 182
- Presencial: San Francisco, 1, 1ª planta (cita previa).
- Horario de atención al público: Lunes a viernes de 9:00 a 14:00.
Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes sobre el registro de elecciones sindicales
- Guía completa del registro de elecciones sindicales
- Elecciones sindicales en Aragón
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
Ayuda con la tramitación electrónica
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable DIRECCIÓN GENERAL DE TRABAJO
Normativa
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Artículos 61 y siguientes
- Real Decreto 1844/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación de los trabajadores en la empresa
- Ley 9/1987, de 12 de junio, de Órganos de Representación, Determinación de las Condiciones de Trabajo y Participación del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas
- Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado