Registro administrativo de sociedades laborales de Aragón - Descalificación y baja. 10058. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Solicitar la descalificación como sociedad laboral y la baja en el Registro administrativo de sociedades laborales de Aragón.

¿Quién puede solicitarlo?

Sociedades anónimas o limitadas ya calificadas como laborales e inscritas en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales de Aragón.

Requisitos principales

  • La mayoría del capital social debe pertenecer a personas trabajadoras con contrato indefinido.
  • Ningún socio puede poseer más de un tercio del capital social, con excepciones legales.
  • Abono de la Tasa 47 por servicios del Registro Administrativo de Sociedades Laborales, tarifa 3.

Plazos

Plazo permanente

Duración del trámite

3 meses (si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado)

Información adicional

Los documentos notariales deben presentarse en formato físico en cualquier unidad de Registro del Gobierno de Aragón. En caso de disolución, se debe acreditar la presentación en la Dirección General de Tributos. En caso de transformación en sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad está exenta de presentación.

Resumen

Este trámite permite solicitar la descalificación como sociedad laboral y la baja en el Registro administrativo de sociedades laborales de Aragón.

Quién puede usar este servicio:

  • Sociedades anónimas o limitadas ya calificadas como laborales e inscritas en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales de Aragón.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud.
  • Copia autorizada y copia simple de la escritura de modificación.
  • Justificante de abono de la Tasa 47.

Requisitos:

  • La mayoría del capital social ha de ser propiedad de las personas trabajadoras que presten servicios retribuidos de forma personal y directa con contrato indefinido.
  • Ninguna de las personas socias será titular de acciones o participaciones sociales que representen más de la tercera parte del capital social, con las excepciones previstas en la Ley. Inicialmente pueden constituirse con dos personas socias con la obligación de ajustarse a los límites legales en el plazo de 36 meses.
  • Abono previo de la Tasa 47 por servicios prestados por el Registro Administrativo de Sociedades Laborales, tarifa 3. Accede aquí para proceder al pago de la tasa

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. Descargar formulario
  2. Reúne la documentación que tienes que aportar.
  3. Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
  4. Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.

Después de hacerlo

Plazos de resolución:

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Contacto:

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Órgano responsable:

  • INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO

Normativa:


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