Registro administrativo de sociedades laborales de Aragón - Descalificación y baja. 10058. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar la descalificación como sociedad laboral y la baja en el Registro administrativo de sociedades laborales de Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Sociedades anónimas o limitadas ya calificadas como laborales e inscritas en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales de Aragón.
Requisitos principales
- La mayoría del capital social debe pertenecer a personas trabajadoras con contrato indefinido.
- Ningún socio puede poseer más de un tercio del capital social, con excepciones legales.
- Abono de la Tasa 47 por servicios del Registro Administrativo de Sociedades Laborales, tarifa 3.
Plazos
Plazo permanente
Duración del trámite
3 meses (si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado)
Información adicional
Los documentos notariales deben presentarse en formato físico en cualquier unidad de Registro del Gobierno de Aragón. En caso de disolución, se debe acreditar la presentación en la Dirección General de Tributos. En caso de transformación en sociedad de responsabilidad limitada, la sociedad está exenta de presentación.
Resumen
Este trámite permite solicitar la descalificación como sociedad laboral y la baja en el Registro administrativo de sociedades laborales de Aragón.
Quién puede usar este servicio:
- Sociedades anónimas o limitadas ya calificadas como laborales e inscritas en el Registro Administrativo de Sociedades Laborales de Aragón.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud.
- Copia autorizada y copia simple de la escritura de modificación.
- Justificante de abono de la Tasa 47.
Requisitos:
- La mayoría del capital social ha de ser propiedad de las personas trabajadoras que presten servicios retribuidos de forma personal y directa con contrato indefinido.
- Ninguna de las personas socias será titular de acciones o participaciones sociales que representen más de la tercera parte del capital social, con las excepciones previstas en la Ley. Inicialmente pueden constituirse con dos personas socias con la obligación de ajustarse a los límites legales en el plazo de 36 meses.
- Abono previo de la Tasa 47 por servicios prestados por el Registro Administrativo de Sociedades Laborales, tarifa 3. Accede aquí para proceder al pago de la tasa
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo. Descargar formulario
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana Pedir cita previa
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
Después de hacerlo
Plazos de resolución:
- 3 meses. Si tu trámite no se ha resuelto pasado el plazo de resolución, se considera aceptado. Saber más sobre el silencio administrativo
Ayuda
Contacto:
- Correo electrónico. registrossll.inaem@aragon.es
- Teléfono. Información específica de sociedades laborales. De lunes a viernes de 9 a 14 horas. 976 714 796
- Página web. Página Web del INAEM
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable:
- INSTITUTO ARAGONES DE EMPLEO
Normativa: