Registro administrativo de parejas estables no casadas - Inscripción. 751. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
Ver en la web de la administración

Información Rápida

Objetivo

Inscribir parejas estables no casadas en el Registro administrativo de parejas estables no casadas de Aragón, permitiéndoles acreditar su relación.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas que quieran unirse en pareja de hecho y cumplan los requisitos.

Requisitos principales

  • Ser mayores de edad.
  • Formar parte de una pareja cuya existencia se tiene que demostrar mediante documentación acreditativa o declaración de testigos.
  • Estar empadronados en el mismo domicilio ubicado en la Comunidad de Aragón.
  • No tener relación de parentesco o de adopción hasta el segundo grado (directa o colateral).
  • No estar casado ni formar pareja de hecho con otra persona.

Plazos

En plazo permanente

Duración del trámite

3 meses desde la entrada de la solicitud en el registro de la Dirección General de Familia, Infancia y Natalidad. Si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado.

Información adicional

Los certificados acreditativos del estado civil de los ciudadanos extranjeros deben estar legalizados y traducidos por un traductor jurado.

Resumen

Este trámite permite a las parejas estables no casadas que viven en Aragón inscribirse en un registro oficial. Esto les da reconocimiento legal y puede ser útil para diversos fines.

Quién puede usar este servicio:

  • Parejas que conviven y cumplen los requisitos.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con todos los requisitos.
  • Reúne la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Servicio de Verificación y Consulta de Datos Padronales
  • Para parejas con menos de 2 años de convivencia: Escritura pública.
  • Para parejas con más de 2 años de convivencia (uno de los siguientes): Escritura pública o Acta de notoriedad, Documento judicial, Declaración de 2 testigos, Libro de Familia (si tienen hijos en común).
  • Si eres extranjero: Documento de identidad de tu país y acreditación de tu estado civil.
  • Si estás divorciado o viudo: Sentencia de divorcio o certificado de defunción del cónyuge anterior.
  • Si los documentos están en otro idioma: Traducción jurada.

Requisitos previos:

  • Ser mayor de edad.
  • Convivir en el mismo domicilio en Aragón.
  • No tener parentesco cercano.
  • No estar casado ni en otra pareja de hecho.

Costes y plazos:

  • El trámite es gratuito.
  • El plazo de resolución es de 3 meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne los documentos necesarios.
  2. Descarga y completa el formulario (si lo haces presencialmente).
  3. Solicita cita previa en una oficina de registro (si lo haces presencialmente).
  4. Presenta la solicitud y los documentos.

Información sobre cada etapa:

  • Puedes presentar la solicitud online o presencialmente.
  • Si lo haces online, necesitas un certificado digital.
  • Si lo haces presencialmente, debes pedir cita previa.

Tiempos de espera:

  • El tiempo de espera para la cita previa puede variar.
  • El tiempo de resolución del trámite es de 3 meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Recibirás una notificación con la resolución del trámite.

Plazos de resolución:

  • 3 meses.

Siguiente pasos:

  • Si la resolución es favorable, tu pareja estará inscrita en el registro.
  • Si la resolución es desfavorable, puedes presentar un recurso.

Ayuda

Contacto:

  • Teléfono: 976 701 708
  • Correo electrónico: familiasecretaria@aragon.es
  • Oficinas de registro: Consulta la lista de oficinas en la página web.

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

  • ¿Cuáles son los requisitos para inscribirme? Debes ser mayor de edad, formar una pareja estable demostrable, estar empadronado en Aragón, no tener parentesco cercano y no estar casado ni en otra pareja de hecho.
  • ¿Cómo puedo presentar la solicitud? Puedes presentar la solicitud telemáticamente con certificado digital o presencialmente con cita previa en las oficinas de registro.
  • ¿Qué documentos necesito para inscribirme? Necesitarás el certificado de empadronamiento y documentos que prueben la existencia de la pareja, como escrituras públicas, documentos judiciales o declaraciones de testigos.
  • ¿Cuánto tiempo tarda el trámite? El trámite suele tardar 3 meses desde que se presenta la solicitud. Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera aceptada.
  • ¿Qué pasa si soy extranjero? Si eres extranjero, los documentos de tu país deben estar legalizados y traducidos por un traductor jurado.
  • ¿Qué pasa si me falta algún documento? Si te falta algún documento, la administración te informará y te dará un plazo para que lo presentes.
  • ¿Dónde puedo obtener más información o ayuda? Puedes contactar por teléfono al 976 701 708 o por correo electrónico a familiasecretaria@aragon.es.
  • ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la resolución? Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso administrativo en los plazos establecidos.

Más información

  • Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE FAMILIA, INFANCIA Y NATALIDAD

Normativa:


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.