RED ARAGONESA DE ESCUELAS PROMOTORAS DE SALUD
Plazo de tramitación:
Fuera de plazo
Plazo de resolución:
Establecido en la convocatoria anual.
Acreditar como Escuela Promotora de Salud, y consecuentemente integrar en la Red Aragonesa de Escuelas Promotoras de Salud, a los centros educativos de Aragón que así lo soliciten, siempre que cumplan los criterios establecidos en la convocatoria.
Quién puede solicitarlo
Centros educativos de Aragón sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de educación primaria, secundaria, educación especial y los centros públicos de educación de personas adultas.
Requisitos y observaciones
El procedimiento se inicia con la Orden de convocatoria publicada en el BOA, por la que pueden solicitar la acreditación como Escuela Promotora de Salud los centros educativos de Aragón sostenidos con fondos públicos que impartan enseñanzas de educación primaria, secundaria o especial, así como los centros públicos de educación de personas adultas.
Para cualquier consulta, contactar con el correspondiente equipo de SARES: Huesca: 974 29 30 54 Teruel: 978 64 11 60 Zaragoza: 976 71 52 67
En el supuesto que no se expresen fechas concretas del plazo de presentación de solicitudes, este será de dos meses a partir del día de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.
La comisión mixta de los departamentos competentes en materia de sanidad y de educación, encargada de evaluar y proponer la selección de los centros educativos a acreditar como Escuelas Promotoras de Salud, podrá solicitar al centro la documentación complementaria que considere necesaria para realizar la evaluación.
Las acreditaciones concedidas tendrán validez durante un periodo de tres cursos desde su solicitud.
La Red Aragonesa de Escuelas Promotoras de Salud (RAEPS) se encuentra actualmente integrada en la Red de Escuelas Para la Salud en Europa (SHE - Schools for Health in Europe Network). La acreditación de un centro educativo como Escuela Promotora de Salud implica su inclusión en la RAEPS, y no directamente en la SHE.
Qué documentación necesito
En primer lugar el solicitante debe conocer el código de identificación del centro educativo. Se puede consultar en el enlace denominado 'CODIGOS DE CENTROS EDUCATIVOS' en esta guía de procedimiento.
La documentación mínima obligatoria a cumplimentar consta de una solicitud y dos anexos. Además el centro podrá aportar la documentación complementaria no obligatoria que estime de interés:
SOLICITUD.
Los anexos de solicitud en formato de archivo electrónico se encuentra en el enlace ?SOLICITUD' en esta guía de procedimiento.
La documentación mínima obligatoria a cumplimentar por el centro educativo para solicitar la acreditación consta de formulario de solicitud (ANEXO III) y dos anexos. En seguimiento de dichas instrucciones, el formulario de solicitud podrá presentarse en las unidades de registro de documentos de los Servicios Provinciales del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, en cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón o en cualquiera de los lugares a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los formularios de solicitud (ANEXO III), de análisis de situación del centro en relación con la salud (ANEXO I) y cuestionario de acreditación (ANEXO II) también deberán ser enviados en formato digital por correo electrónico al correspondiente equipo SARES, en la Subdirección Provincial de Salud Pública del Departamento de Sanidad del Gobierno de Aragón, de la provincia correspondiente también según las instrucciones contenidas en la Oficina Virtual de Trámites.
El centro solicitante podrá además aportar la documentación complementaria no obligatoria que considere de interés.
DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA NO OBLIGATORIA
Es posible además aportar la documentación complementaria que el centro estime de interés. Esta documentación se enviará por el medio más adecuado, en formato impreso en papel o vía correo electrónico a la dirección del equipo SARES de Salud Pública de la correspondiente provincia.
Descargar formularios:
FORMULARIO DE SOLICITUD (a cumplimentar por el centro educativo para acreditarse como Escuela Promotora de Salud)
ANEXO I ANALISIS DE SITUACIÓN
ANEXO II CUESTIONARIO DE ACREDITACIÓN
Lugar y forma de presentación
De manera presencial en las Oficinas de información y registro
Normativa
- LEY 5/1986, de 17 de noviembre, de Salud Escolar.
- LEY 5/2014, de 26 de junio, de Salud Pública de Aragón.
- ORDEN SAN/410/2019, de 3 de abril, por la que se establece la convocatoria de acreditación de centros educativos como Escuelas Promotoras de Salud de 2019.
Organismo responsable
Departamento de Sanidad
Más información
Puedes obtener más información a través de los canales de contacto que aparecen en el pie de página. Pregúntanos por este procedimiento, su código es el 799, indícanoslo para darte una mejor información
Gestión del trámite
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Trámites relacionados
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