Reconocimiento de la exención del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) en explotaciones ganaderas.. 8705. Trámites Gobierno de Aragón.
Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Objetivo
Solicitar el reconocimiento de la exención del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) para explotaciones ganaderas.
¿Quién puede solicitarlo?
Usuarios de agua que destinan los caudales consumidos al suministro de explotaciones ganaderas de producción y reproducción.
Requisitos principales
- Usar el agua para explotaciones ganaderas de producción y reproducción.
- Estar inscrito en el Registro general de explotaciones ganaderas.
Plazos
Plazo permanente
Duración del trámite
1 año desde la entrada en el Instituto Aragonés del Agua.
Información adicional
La exención se aplica a liquidaciones posteriores a la solicitud y mientras se mantenga la situación que la justifica.
Resumen
Este trámite permite solicitar el reconocimiento de la exención del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales (IMAR) para explotaciones ganaderas en Aragón.
Quién puede usar este servicio:
- Usuarios de agua que destinan los caudales consumidos al suministro de explotaciones ganaderas de producción y reproducción.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Que el uso del agua se destine a explotaciones ganaderas de producción y reproducción.
- Que la explotación esté inscrita en el Registro general de explotaciones ganaderas.
Documentación:
- Documentos que acrediten la representación, en su caso.
- Plano catastral correspondiente al Polígono y parcelas en los que se ubica.
- En su caso, Modelo 884.
- Documentación relativa a la autorización para el aprovechamiento de aguas superficiales/subterráneas y Declaración de aprovechamientos de agua.
- Inscripción en el Registro general de explotaciones ganaderas.
Cómo hacerlo
Paso a paso:
- Reúne la documentación necesaria.
- Elige cómo presentar la solicitud:
- Telemáticamente:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
- Iniciar trámite
- Presencialmente:
- Descarga el formulario. Complétalo y fírmalo.
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro. Localiza tu oficina más cercana
- Pedir cita previa
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
- Telemáticamente:
Después de hacerlo
- La exención surtirá efectos para las liquidaciones que se practiquen con posterioridad a la presentación de la solicitud y tendrá vigencia mientras se mantenga la situación que la justifica.
- Plazo de resolución: 1 año desde la entrada en el Instituto Aragonés del Agua.
Ayuda
Contacto:
- Ayuda con la tramitación electrónica:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica.
- Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información:
- Órgano responsable: INSTITUTO ARAGONÉS DEL AGUA
Normativa:
- Ley 8/2021, de 9 de diciembre, de regulación del Impuesto Medioambiental sobre las Aguas Residuales.
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos.