Reconocimiento de asistencia jurídica gratuita. 278. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a personas con insuficientes recursos económicos acceder a la justicia para defender sus derechos e intereses.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos españoles, nacionales de la Unión Europea, extranjeros en España, asociaciones de utilidad pública y fundaciones inscritas.
Requisitos principales
- Litigar en defensa de derechos o intereses propios.
- Acreditar insuficiencia de recursos económicos, no superando los umbrales máximos establecidos según el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
- Casos especiales donde no es necesario acreditar insuficiencia económica: trabajadores en demandas por despido o reclamación de salarios, víctimas de terrorismo, trata o violencia de género, menores o personas con discapacidad víctimas de abuso o maltrato, y víctimas de accidentes con incapacidad laboral permanente.
Plazos
Plazo de presentación: Permanente.
Duración del trámite
30 días desde la recepción del expediente por la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita. Si no se resuelve en este plazo, se considera aceptado.
Información adicional
Las solicitudes deben presentarse ante el Colegio de Abogados de la provincia correspondiente al órgano judicial del procedimiento, o ante el Juzgado Decano del domicilio del solicitante si el proceso no se ha iniciado. Información de los servicios de justicia gratuita de los Colegios de Abogados de Aragón: <a href="https://www.reicaz.org/citaprevia/soj.html">Zaragoza</a>, <a href="https://www.icahuesca.es/servicios-del-colegio/turno-de-oficio-y-asistencia-juridica-gratuita/">Huesca</a>, <a href="http://www.icat.es/ciudadanos/asistencia-juridica-gratuita.html">Teruel</a>.
Resumen
Este trámite permite solicitar asistencia jurídica gratuita si no tienes suficientes recursos económicos para afrontar los gastos de un juicio. Así, se garantiza el acceso a la justicia en igualdad de condiciones.
Quién puede usar este servicio
- Ciudadanos españoles, nacionales de la Unión Europea y extranjeros en España.
- Asociaciones de utilidad pública.
- Fundaciones inscritas en el registro correspondiente.
Plazo de presentación
El plazo para presentar la solicitud está siempre abierto.
Lo que necesitas
Requisitos
- Debes litigar en defensa de tus propios derechos e intereses.
- Debes demostrar que no tienes suficientes recursos económicos para pagar los gastos del juicio. Se tienen en cuenta los límites de ingresos basados en el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
- Existen casos especiales en los que no necesitas acreditar falta de recursos, como trabajadores que reclaman por despidos o salarios, víctimas de violencia de género, menores víctimas de maltrato, etc.
Documentos requeridos
- Siempre debes presentar:
- Declaración de utilidad pública (si eres una asociación).
- Inscripción registral (si eres una fundación).
- Fotocopia del pasaporte (si eres extranjero sin permiso de residencia).
- Nota simple del Registro de la Propiedad (si tienes propiedades con cargas).
- Certificados de tus centros de trabajo y de la Seguridad Social.
- Certificado de empresa que indique tus ingresos anuales.
- Si eres víctima, el formulario específico: Descargar modelo
- La administración consultará directamente:
- Tu documento de identidad (si eres ciudadano de la UE o extranjero con tarjeta de residencia).
- Tu declaración de la renta (IRPF) y, si aplica, el impuesto de patrimonio.
- Si no estás obligado a declarar IRPF, un certificado de la Agencia Tributaria.
- Certificado del INEM (si cobras el paro).
- Certificado de cobro de pensiones públicas.
- Información catastral de tus bienes inmuebles.
Costes y plazos
El trámite es gratuito si cumples los requisitos.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Descarga el formulario: Descargar formulario. Rellénalo y fírmalo.
- Reúne la documentación necesaria.
- Pide cita previa en una oficina de información y registro: Pedir cita previa. Puedes encontrar tu oficina más cercana aquí: Localiza tu oficina más cercana
- Presenta el formulario y la documentación en la oficina.
Después de hacerlo
Qué sucede después
La Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita revisará tu solicitud.
Plazos de resolución
La Comisión tiene 30 días para resolver desde que recibe tu expediente. Se te notificará la resolución en un plazo de 3 días.
Si no recibes respuesta en 30 días, se considera que tu solicitud ha sido aceptada.
Subsanación y Aportación de Documentos
- Subsanación: Si falta información, te lo comunicarán y te darán un plazo para corregirlo: Subsanar trámite
- Aportación: Puedes añadir documentos o alegaciones después de presentar tu solicitud: Aportar documentación
Ayuda
Contacto
- Correo electrónico: justiciagratuita@aragon.es
- Teléfono: 976 713 773
Ayuda con la tramitación electrónica
- Preguntas frecuentes generales: Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Tutoriales en YouTube: Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Dudas administrativas: 976 714 000 o infoyregistro@aragon.es
- Problemas técnicos: 976 289 414, soportesda@aragon.es, Formulario de Solicitud de Soporte Técnico o WhatsApp: +34 973 901 905 (Más información sobre el canal WhatsApp)
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Normativa
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Oficina Comarcal de SERVICIO PROVINCIAL ZARAGOZA
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Plazo de presentación
- Lo que necesitas
- Requisitos
- Documentos requeridos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Subsanación y Aportación de Documentos
- Ayuda
- Contacto
- Ayuda con la tramitación electrónica
- Más información
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