Reclamaciones de daños de naturaleza no agraria causados por especies cinegéticas. 357. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a personas o aseguradoras reclamar indemnizaciones por daños causados por especies cinegéticas (animales de caza) en accidentes de tráfico o en zonas no cinegéticas.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas que hayan sufrido un perjuicio económico por daños no agrarios causados por especies cinegéticas, o su compañía de seguros.

Requisitos principales

  • Que los perjudicados no hayan contribuido al daño por dolo, culpa o negligencia.
  • Que el accidente sea consecuencia directa de una acción de caza mayor (batida). Se considera acción de cazar cuando concurren simultáneamente las tres circunstancias establecidas en el artículo 70.2 apartado b, de la Ley 1/2015, de caza de Aragón.
  • El derecho a reclamar prescribe al año del accidente (daños materiales) o al año de la estabilización de las lesiones.

Plazos

Plazo permanente

Duración del trámite

6 meses

Información adicional

Los datos personales recabados se incorporarán a las actividades de tratamiento del Instituto Aragonés de Gestión Ambiental (INAGA). Puede encontrar información relativa a la política de protección de datos personales y de seguridad de la información en INAGA a través de su página web.

Resumen

Este trámite permite a las personas o sus aseguradoras reclamar una compensación económica por los daños no relacionados con la agricultura que hayan sido causados por animales de caza. Esto incluye accidentes de tráfico y daños en áreas donde no está permitida la caza.

Quién puede usar este servicio:

  • Cualquier persona que haya sufrido un daño económico.
  • La compañía de seguros del afectado.

Lo que necesitas

  • Documentación requerida:
    • Formulario de solicitud.
    • Anexo I (datos del incidente y personas afectadas).
    • Anexo II (acreditación del representante, si aplica).
    • Atestado de la Guardia Civil o informe de la autoridad.
    • Permiso de circulación del vehículo.
    • ITV del vehículo.
    • Póliza de seguro del vehículo.
    • Justificante de pago del seguro.
    • Informe pericial de daños (si procede).
    • Factura de reparación del vehículo y justificante de pago.
    • Otros documentos que justifiquen gastos.
    • En caso de siniestro total: baja del vehículo.
    • En caso de lesiones: partes de alta/baja (si está afiliado a la Seguridad Social) o informe médico (si no lo está).
  • Requisitos:
    • No haber contribuido al daño por negligencia.
    • El daño debe ser consecuencia directa de una acción de caza.
    • Respetar los plazos de prescripción (1 año para daños materiales o personales).

Cómo hacerlo

  1. Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios.
  2. Presentar la solicitud: Puedes hacerlo:
    • Telemáticamente: A través de este enlace: Iniciar trámite
    • Presencialmente: Si eres una persona física, puedes solicitar asistencia en el INAGA para presentar la documentación telemáticamente.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: La administración tiene un plazo de 6 meses para resolver el trámite.
  • Silencio administrativo: Si no recibes respuesta en 6 meses, se considera que tu solicitud ha sido aceptada.
  • Subsanación: Si falta información, te contactarán para que la completes.
  • Aportación de documentación: Puedes añadir documentos adicionales después de presentar la solicitud a través de este enlace: Aportar documentación

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