Programa film.ar - Convocatoria 2022. 1541. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los profesionales del sector audiovisual aragonés solicitar participar en el programa film.ar para la difusión de cortometrajes o documentales.

¿Quién puede solicitarlo?

Profesionales vinculados al sector audiovisual aragonés, ya sean directores o productores.

Requisitos principales

  • Para directores: Haber nacido en Aragón o estar empadronado en Aragón con una antigüedad de al menos un año.
  • Para productores: Estar dado de alta en Aragón, en el epígrafe 961 del IAE, con una antigüedad de al menos un año a fecha de fin de plazo de la convocatoria. En caso de coproducción, las productoras aragonesas deben ser propietarias de al menos el 50% de los derechos del audiovisual presentado.
  • Acreditar el cumplimiento de requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones concedidas anteriormente para el mismo destino y finalidad.
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias con el Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, y de obligaciones con la Seguridad Social, así como no tener deudas pendientes de pago con Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Acreditar, en caso de ser seleccionado, que posee todos los permisos y autorizaciones necesarias para la difusión de las obras.
  • No incurrir en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Cumplir los requisitos exigidos en la legislación medioambiental en relación con el tratamiento de residuos y no haber sido sancionado por la autoridad laboral competente.
  • No haber sido sancionado por resolución administrativa firme o condenado por sentencia judicial firme por acciones u omisiones consideradas discriminatorias por la legislación vigente por razón de género.
  • No haber sido sancionado por resolución administrativa firme por atentar, alentar o tolerar prácticas en contra de los derechos de las personas LGTBI.
  • No perseguir la realización de actos que entrañen descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas o de sus familiares, exaltación del golpe de Estado o del franquismo, u homenaje o concesión de distinciones a las personas físicas o jurídicas que apoyaron el golpe de Estado y la dictadura.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes fue del 27/05/2022 al 09/06/2022.

Duración del trámite

3 meses a partir de la publicación de la convocatoria en el BOA.

Información adicional

Los productores o directores de los audiovisuales seleccionados se comprometen a entregar en el plazo que se determine el material especificado en la Orden de convocatoria.

Resumen

Este trámite permite a los profesionales del sector audiovisual aragonés solicitar la participación en el programa film.ar, que tiene como objetivo la difusión de cortometrajes y documentales.

Quién puede usar este servicio:

  • Directores nacidos o empadronados en Aragón.
  • Productores dados de alta en Aragón en el epígrafe 961 del IAE.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Cumplir con los requisitos específicos para directores y productores (ver detalles en la sección de requisitos).
  • Estar al corriente de pago de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • No incurrir en causas de prohibición para obtener subvenciones.

Documentos requeridos:

  • Certificado de estar al corriente de pago con el Estado.
  • Si eres productor, certificado de alta en el IAE (epígrafe 961) en Aragón.
  • Si el Depósito Legal no se ha realizado en Aragón, justificante de entrega en otra comunidad autónoma.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Reúne la documentación necesaria.
  2. Accede a la sede electrónica con un método de identificación electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
  3. Completa el formulario de solicitud.
  4. Adjunta la documentación requerida.
  5. Firma electrónicamente la solicitud.

Presentación de la solicitud:

  • Telemática: A través de la sede electrónica de la Administración de Aragón.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración revisará tu solicitud y la documentación adjunta.
  • Si falta información, te requerirán para que la subsanes.
  • Se publicará la resolución de la convocatoria.

Plazos de resolución:

  • El plazo máximo para resolver es de 3 meses a partir de la fecha de publicación de la convocatoria en el BOA.

Ayuda

Contacto:

  • Teléfono: 976 715 747
  • Correo electrónico: fmartinezp@aragon.es
  • Presencial: Servicio de Fomento de las Artes, la Cultura y el Libro, Avda. Ranillas, 5D, 2ª planta.

Ayuda con la tramitación electrónica:

Más información

Normativa:


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