Programa de accidente de trabajo, enfermedad profesional. 8969. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Recopilar información para investigar las causas de accidentes laborales y enfermedades profesionales, con el fin de mejorar la seguridad y salud en el trabajo.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas o responsables de la actividad preventiva que hayan recibido una solicitud del ISSLA.

Requisitos principales

  • Haber recibido una solicitud del Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA) para proporcionar documentación necesaria para la investigación de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Plazos

El plazo de presentación es permanente.

Duración del trámite

El informe técnico de investigación del accidente de trabajo se emitirá en un plazo de tres meses. El informe técnico relativo a enfermedades profesionales no está sujeto a plazos definidos.

Información adicional

La información proporcionada se utilizará para elaborar un informe técnico que investigue las causas y los factores determinantes de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

Resumen

Este trámite se inicia cuando el Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral (ISSLA) solicita documentación a una empresa tras detectar un accidente laboral o enfermedad profesional.

La información proporcionada se usará para crear un informe técnico que investigue las causas y los factores que llevaron al accidente o enfermedad, según el decreto de creación del ISSLA.

Lo que necesitas

Requisitos

  • Haber recibido una solicitud del Instituto de Seguridad y Salud Laboral para aportar documentación necesaria en la investigación de un accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Documentación

Presenta solo los documentos que te indiquen en la comunicación del ISSLA. Algunos ejemplos son:

  • 01 Plan de Prevención: Herramienta que integra la prevención en la gestión de la empresa.
  • 02 Evaluación de riesgos y Planificación de la actividad preventiva: Evaluaciones iniciales y específicas de los riesgos en el trabajo.
  • 03 Datos del trabajador: Información de identificación, puesto y contrato del trabajador.
  • 04 Formación e información: Registros de la formación preventiva recibida por los trabajadores.
  • 05 Vigilancia de la salud: Certificado de aptitud médica del trabajador.
  • 06 Equipos de trabajo: Datos de las máquinas y equipos (fabricante, modelo, etc.).
  • 07 Equipos de protección individual: Registros de entrega y conformidad de los EPIs.
  • 08 Informe de investigación de accidentes/enfermedad profesional: Informe realizado por la empresa.
  • 09 Coordinación de actividades empresariales: Documentos sobre la coordinación entre empresas en un mismo centro de trabajo.
  • 10 Gestión de la obra de construcción: Comunicación de apertura, plan de seguridad y salud, etc.
  • 11 Otros documentos: Archivos multimedia, croquis, etc.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. El ISSLA solicita la documentación a la empresa.
  2. La empresa recopila y presenta la documentación requerida.
  3. El ISSLA analiza la documentación y elabora un informe técnico.

Plazo de presentación

El plazo para presentar la documentación es permanente.

Aportación

Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite. Aportar documentación

Después de hacerlo

Resolución

El informe técnico de investigación del accidente de trabajo se emitirá en un plazo de tres meses. El informe técnico relativo a enfermedades profesionales no está sujeto a plazos definidos. Saber más sobre el silencio administrativo

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