Procedimiento económico-administrativo ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón. 1907. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a los interesados presentar una reclamación económico-administrativa o un recurso extraordinario de revisión ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
¿Quién puede solicitarlo?
Obligados al pago de tributos, infractores sancionados y titulares de derechos e intereses legítimos afectados por el acto cuestionado.
Requisitos principales
- El recurso o reclamación debe ser contra actos de aplicación de tributos propios, sanciones tributarias derivadas de los mismos, o actos de recaudación de ingresos de Derecho público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- El recurso extraordinario de revisión solo puede interponerse si aparecen documentos esenciales posteriores, documentos o testimonios falsos influyentes, o si el acto se dictó por prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible.
Plazos
El plazo para presentar la reclamación es de un mes desde la notificación del acto impugnado o desde que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Duración del trámite
1 año contado desde la interposición de la reclamación
Información adicional
La reclamación debe interponerse en el plazo de un mes desde la notificación del acto impugnado o desde que se produzcan los efectos del silencio administrativo. La interposición no suspende el acto, salvo que se haya acordado previamente la suspensión en un recurso de reposición con garantías. La Junta puede suspender con dispensa de garantías si la ejecución causa perjuicios irreparables o por error aritmético, material o de hecho.
Resumen
Este trámite permite a las personas legitimadas interponer una reclamación económico-administrativa o un recurso extraordinario de revisión ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Quién puede usar este servicio
- Obligados al pago de los tributos o ingresos de Derecho público del que deriva el acto cuestionado.
- Infractores que hayan sido objeto de una sanción pecuniaria de naturaleza tributaria.
- Titulares de derechos e intereses legítimos que pudieran resultar afectados por el acto cuestionado.
Lo que necesitas
Documentos requeridos
- Documento que acredite la representación: Si actúas a través de un representante, debes adjuntar un documento que lo acredite.
- Escrito dirigido al órgano que dictó el acto reclamable: Este escrito debe incluir:
- La indicación de que se tenga por interpuesta la reclamación.
- La identificación del reclamante o de su representante (nombre y apellidos o razón social).
- El Número de Identificación Fiscal (NIF).
- Un domicilio para recibir notificaciones.
- La identificación del acto contra el que se reclama.
- La indicación de que se interpone ante la Junta de Reclamaciones Económico-Administrativas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
- Formulario de reclamación sin alegaciones:
Requisitos previos
- Los recursos y reclamaciones pueden presentarse contra:
- Actos de aplicación de los tributos propios.
- Actos de imposición de sanciones tributarias derivadas de los mismos.
- Actos de recaudación de los demás ingresos de Derecho público de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y sus organismos públicos.
- El recurso extraordinario de revisión solo puede interponerse si:
- Aparecen documentos de valor esencial para la decisión del asunto que fueran posteriores al acto o resolución recurridos o de imposible aportación al tiempo de dictarse los mismos y que evidencien el error cometido.
- Al dictar el acto o la resolución hayan influido esencialmente documentos o testimonios declarados falsos por sentencia judicial firme anterior o posterior a aquella resolución.
- El acto o resolución se hubiese dictado como consecuencia de prevaricación, cohecho, violencia, maquinación fraudulenta u otra conducta punible y se haya declarado así en virtud de sentencia judicial firme.
Costes y plazos
- Este trámite no tiene coste.
- La reclamación económico-administrativa se interpondrá en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la notificación del acto impugnado, desde el día siguiente a aquél en que se produzcan los efectos del silencio administrativo o de la sustitución derivada de las relaciones entre el sustituto y el sujeto pasivo.
- En las deudas de vencimiento periódico y notificación colectiva, el plazo se computará a partir del día siguiente al de finalización del periodo voluntario de pago.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Descargar el formulario:
- Presentar la solicitud:
- Telemáticamente:
- Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
- Descarga el formulario, complétalo y fírmalo.
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Pulsa en "Iniciar trámite" para acceder al Registro Electrónico General de Aragón (REGA), completa los datos solicitados, sube el formulario y la documentación correspondiente y firma electrónicamente.
- Presencialmente:
- Descarga el formulario, complétalo y fírmalo.
- Reúne la documentación que tienes que aportar.
- Solicita cita previa en una de nuestras oficinas de información y registro.
- Presenta el formulario completo y la documentación correspondiente de esa oficina.
- Telemáticamente:
Después de hacerlo
Qué sucede después
- La Administración puede requerir subsanación si falta información.
- Puedes realizar alegaciones o aportar documentos adicionales.
Plazos de resolución
- El plazo máximo de resolución es de 1 año desde la interposición de la reclamación.
- Si no se resuelve en este plazo, puedes esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso.
Ayuda
Contacto
- Teléfono: 976 714 291
- Correo electrónico: juntarea@aragon.es
- Cita previa: Teléfono 976715928
- Presencial: Plaza de los Sitios nº 7
- Horario oficina: De 9:00 a 14:00 horas
- Horario teléfono: 9:00 a 14:00 horas
Recursos adicionales
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp