PRESTACION ASISTENCIA A MUNICIPIOS ARAGONESES ELABORACIÓN Y FINANCIACIÓN DELIMITACIONES SUELO URBANO 2015-2016

Actualizado el 12 de agosto de 2020
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Plazo de tramitación:

Fuera de plazo

Plazo de resolución:

6 meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la Orden de convocatoria.

Concesión de asistencia a municipios aragoneses para la elaboración y financiación, por el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, de Delimitaciones del Suelo Urbano.

Quién puede solicitarlo

Los municipios aragoneses, definidos según la Ley 7/1999, de 9 de abril, de Administración Local de Aragón, que cumplan los requisitos establecidos.
No podrán obtener la condición de beneficiario aquellos municipios que se encuentren incursos en alguna de las causas de prohibición previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y que sean de aplicación a los mismos.

Requisitos y observaciones

Municipios aragoneses que cumplan los siguientes requisitos:
a) Carecer de Plan General de Ordenación Urbana o de cualquier otro instrumento de ordenación urbanística vigente.
b) No contar con los medios necesarios para elaborar una Delimitación del Suelo Urbano.
c) Tener una población inferior a dos mil habitantes, según los datos del último padrón.
El Pleno del Ayuntamiento beneficiario deberá manifestar la aceptación de la asistencia concedida en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión. En caso contrario, se producirá la pérdida de eficacia de la concesión.
La aceptación de la concesión de asistencia implicará el compromiso del Ayuntamiento de formalizar un convenio de encomienda de gestión en el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda de los trabajos materiales que sean necesarios para la elaboración de la Delimitación del Suelo Urbano, que comprende, la contratación de un equipo redactor a través de un contrato administrativo de servicios.
Serán obligaciones de los beneficiarios las recogidas en el artículo 21 de la Orden PRE/571/2016, de 13 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón así como cualesquiera otras obligaciones impuestas a los beneficiaros en la normativa estatal o autonómica aplicable, en la convocatoria o en la resolución de concesión. Asimismo, serán obligaciones de los municipios beneficiarios:
a) Colaborar con el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda en la realización de los trabajos que sean necesarios, estableciéndose la necesaria coordinación para el cumplimiento eficaz de la asistencia prestada.
b) Impulsar la tramitación de los procedimientos de aprobación de las Delimitaciones del Suelo Urbano.
El incumplimiento de la obligación anterior implicará, en virtud de la aceptación de las condiciones establecidas en la convocatoria y de lo previsto en el artículo 75.3 del Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, el ejercicio de la competencia para la formulación de la Delimitación del Suelo Urbano por el Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda del Gobierno de Aragón.

Qué documentación necesito

a) Escrito de solicitud, conforme al modelo normalizado previsto en el Anexo I de la Orden de convocatoria.
b) Certificado expedido por el Secretario o Secretario-Interventor del municipio, con el visto bueno del Alcalde o Presidente que recoja el acuerdo del órgano municipal competente por el que se decide solicitar asistencia para la elaboración y financiación de la Delimitación del Suelo Urbano del Municipio, con referencia expresa a la aceptación de las condiciones establecidas en la Orden de convocatoria.
c) Memoria detallada que incluya en todo caso: medios técnicos y humanos de los que dispone el Ayuntamiento; descripción del municipio indicando los elementos más relevantes desde el punto de vista urbanístico y justificación de la necesidad de redacción de una Delimitación de Suelo Urbano como instrumento adecuado para la ordenación del municipio, teniendo en cuenta los criterios orientativos que se recogen en la Parte Expositiva de la Orden de convocatoria.
d) Acreditación de estar al día en la obligación de rendir cuentas a la Cámara de Cuentas de Aragón de acuerdo con la normativa aplicable, haber adoptado medidas de racionalización del gasto y presentado un plan económico-financiero, en el caso de que sus cuentas presenten desequilibrios o acumulen deudas con proveedores.
e) Certificado expedido por el Secretario o Secretario-Interventor del municipio, con el visto bueno del Alcalde o Presidente, que recoja la cifra de población conforme a los datos del último padrón.
f) Certificado expedido por el Secretario o Secretario-Interventor del municipio, con el visto bueno del Alcalde o Presidente, en el que se haga constar el número de Licencias de obras de nueva planta o licencias de obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación, cuando alteren la configuración arquitectónica del edificio por tener el carácter de intervención total, concedidas en los últimos cinco años.
g) Declaración responsable de no estar el municipio incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (recogida en el Anexo I de la Orden de convocatoria).

Descargar formularios:
Solicitud asstencia prestacion para formulacion delimitaciones suelo urbano

Lugar y forma de presentación

De manera presencial en las Oficinas de información y registro

Normativa

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragon.
Orden PRE/571/2016, de 13 de junio de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón

Decreto Legislativo 1/2014, de 8 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Urbanismo de Aragón.
ORDEN VMV/129/2017, de 1 de febrero, por la que se convoca el procedimiento de concesión de asistencia a municipios aragoneses para la elaboración y financiación de Delimitaciones del Suelo Urbano.

Organismo responsable

Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda

Más información

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