Otorgamiento de permisos de investigación de recursos de las secciones C) y D) de la ley de minas. 53. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite solicitar autorizaciones para investigar recursos mineros de las secciones C y D de la Ley de Minas, con el fin de evaluar si el terreno es adecuado para su explotación.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona que cumpla con los requisitos del Título VIII de la Ley de Minas.

Requisitos principales

  • Cumplir con las condiciones del Título VIII de la Ley de Minas.

Plazos

La solicitud puede presentarse permanentemente.

Duración del trámite

8 meses desde la admisión definitiva de la solicitud.

Información adicional

La solicitud debe presentarse en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Turismo de la provincia donde se ubique el derecho minero. Si afecta a varias provincias, se presenta en la que abarque mayor superficie, adjuntando copias para cada provincia afectada más dos copias adicionales.

Resumen

Este trámite permite solicitar permisos para investigar recursos mineros de las secciones C y D de la Ley de Minas. Con estos permisos, se pueden realizar estudios para determinar si un terreno es adecuado para su explotación.

Quién puede usar este servicio:

Cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos en el Título VIII de la Ley de Minas.

Lo que necesitas

Documentación:

  • Instancia con los datos del solicitante y la superficie solicitada.
  • Designación del terreno (60 días desde la instancia).
  • Proyecto de investigación (60 días desde la instancia).
  • Estudio económico de financiación y garantías (60 días desde la instancia).

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Descarga el formulario: Descargar formulario
  2. Completa y firma el formulario.
  3. Reúne la documentación necesaria.
  4. Solicita cita previa en una oficina de información y registro: Localiza tu oficina más cercana, Pedir cita previa
  5. Presenta el formulario y la documentación en la oficina.

Después de hacerlo

  • Plazo de resolución: 8 meses desde la admisión definitiva de la solicitud.
  • Si no se resuelve en el plazo, puedes esperar a que la administración resuelva o interponer un recurso. Más información sobre el silencio administrativo.

Ayuda

Más información

  • Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS

Normativa:


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