Ordenación académica del Sistema Universitario de Aragón - Autorización de implantación de títulos universitarios oficiales. 1789. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a las universidades del Sistema Universitario de Aragón solicitar la autorización para ofrecer nuevos títulos universitarios oficiales.
¿Quién puede solicitarlo?
Las universidades del Sistema Universitario de Aragón.
Requisitos principales
- Ser una universidad perteneciente al Sistema Universitario de Aragón.
Plazos
Las solicitudes se podrán presentar hasta el 31 de mayo del año correspondiente al inicio del curso académico en el que se pretenda implantar la enseñanza universitaria. Las solicitudes presentadas con posterioridad tendrán efecto para el curso académico que se inicie al año siguiente. Las solicitudes de enseñanzas conjuntas no están sujetas a plazo de presentación.
Duración del trámite
Tres meses desde la presentación de la solicitud.
Información adicional
Las solicitudes se pueden presentar hasta el 31 de mayo del año en que se quiere empezar a impartir la enseñanza. Las solicitudes posteriores se considerarán para el curso del año siguiente. No hay plazo para las solicitudes de enseñanzas conjuntas.
Resumen
Este trámite permite a las universidades del Sistema Universitario de Aragón solicitar autorización para ofrecer nuevos títulos universitarios oficiales.
Quién puede usar este servicio:
- Las universidades pertenecientes al Sistema Universitario de Aragón.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Informe del Consejo de Gobierno de la Universidad proponiendo la nueva enseñanza.
- Acuerdo del Consejo Social de la Universidad de Zaragoza (o equivalente en universidades privadas).
- Memoria definitiva del plan de estudios, verificada por el Consejo de Universidades.
- Memoria económica o estudios económicos básicos aprobados por el órgano competente.
- Convenios de financiación externa (si aplica).
- Convenios de colaboración o conciertos para la formación práctica.
- Convenios para la realización de exámenes a distancia (si aplica).
- Convenios con universidades participantes (en titulaciones conjuntas).
- Convenio de adscripción (si la titulación se imparte en centros adscritos).
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo máximo para resolver es de tres meses desde la presentación de la solicitud.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Reúna la documentación requerida.
- Acceda al enlace "Iniciar trámite" en la sección de presentación de la solicitud.
- Complete el formulario de solicitud.
- Adjunte la documentación requerida.
- Firme electrónicamente la solicitud.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud se presenta de forma telemática.
- Necesitará un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La administración revisará la solicitud y la documentación adjunta.
- Si falta información, se le requerirá que la subsane.
- Una vez completa, se emitirá una resolución.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para resolver es de tres meses desde la presentación de la solicitud.
Siguientes pasos:
- Si la resolución es favorable, la universidad podrá implantar el nuevo título.
- Si la resolución es desfavorable, podrá interponer un recurso.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 715 338
- Correo electrónico: dga-universidades@aragon.es
Recursos adicionales:
- Preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica
- Tutoriales en YouTube sobre tramitación electrónica
Normativa:
- Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario
- Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad
- Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado
- Ley 5/2005, de 14 de junio, de Ordenación del Sistema Universitario de Aragón
- Decreto 72/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento que regula los procedimientos y las medidas de aseguramiento de la calidad de las enseñanzas universitarias oficiales en la Comunidad Autónoma de Aragón