Notificación de la exención de efectuar las auditorías de la organización preventiva. 1470. Trámites Gobierno de Aragón.

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a las empresas de hasta 50 trabajadores, que cumplan ciertos requisitos, notificar que están exentas de realizar auditorías de su sistema de prevención de riesgos laborales.

¿Quién puede solicitarlo?

Empresas que cumplan con los requisitos establecidos en la normativa.

Requisitos principales

  • Desarrollar las actividades preventivas con recursos propios.
  • La eficacia del sistema preventivo debe ser evidente sin necesidad de auditoría, debido al limitado número de personal y la escasa complejidad de las actividades preventivas.
  • Tener hasta 50 trabajadores/as.
  • Las actividades no deben estar incluidas en el anexo I del Real Decreto 39/1997.

Plazos

El plazo de presentación está permanentemente abierto.

Duración del trámite

No se especifica

Información adicional

La empresa no tendrá que acudir a la auditoría desde el momento en que notifique que cumple las condiciones necesarias para tener este beneficio. Si la autoridad laboral considera que no se cumplen los requisitos emitirá una resolución negativa, teniendo por tanto la empresa obligación de someterse a la auditoría.

Resumen

Este trámite permite a las empresas de hasta 50 trabajadores notificar que están exentas de realizar auditorías de su sistema de prevención de riesgos laborales, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.

Quién puede usar este servicio: Empresas que cumplan con los requisitos especificados en la normativa.

Lo que necesitas

Requisitos:

  • Desarrollar las actividades preventivas con recursos propios.
  • Que la eficacia del sistema preventivo sea evidente sin necesidad de auditoría.
  • Tener hasta 50 trabajadores.
  • Que las actividades no estén incluidas en el anexo I del Real Decreto 39/1997.

Documentos requeridos:

  • Evaluación de riesgos: Última evaluación realizada.
  • Concierto con servicio de prevención ajeno (especialidad en medicina del trabajo).
  • Si la prevención la asume el empresario:
    • Formación del empresario en prevención de riesgos laborales (certificado).
    • Si la formación es básica, concierto con servicio de prevención ajeno para la formación del personal.
  • Si la prevención la asume un trabajador designado:
    • Designación del trabajador (documento escrito).
    • Formación del trabajador designado en prevención de riesgos laborales (certificado).
    • Si la formación es básica, concierto con servicio de prevención ajeno para la formación del personal.

Cómo hacerlo

Paso a paso:

  1. Necesitas un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve).
  2. Pulsa en "Iniciar trámite", completa la solicitud, sube la documentación y firma electrónicamente.

Después de hacerlo

  • Si la solicitud está incompleta, te contactarán para que la completes en un plazo de 10 días.
  • La empresa no tendrá que someterse a auditoría desde el momento en que notifique que cumple las condiciones.
  • Si la autoridad laboral considera que no se cumplen los requisitos, emitirá una resolución negativa y la empresa deberá someterse a la auditoría.

Ayuda

  • Teléfono: 976 716 669
  • Correo electrónico: issla@aragon.es
  • Cita previa: Teléfono 976716669 (Horario: 9:00h-14:00h)
  • Presencial: Instituto Aragonés de Seguridad y Salud Laboral, Bernardino Ramazzini, 5 (Horario: De 9:00 a 14:00 horas)

Ayuda con la tramitación electrónica

Más información

  • Órgano responsable: INSTITUTO ARAGONÉS DE SEGURIDAD Y SALUD LABORAL

Normativa


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