Instalaciones de almacenamiento, transporte secundario, distribución de gas natural y gas licuado del petróleo (GLP). 784. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Solicitar las autorizaciones necesarias para construir, modificar o cerrar instalaciones de almacenamiento, transporte secundario y distribución de gas natural y gases licuados del petróleo (GLP).
¿Quién puede solicitarlo?
El titular de la instalación (o su representante) o, en caso de transmisión, el interesado en adquirir la titularidad (o su representante).
Requisitos principales
- Solicitud de autorización administrativa (artículo 67 de la Ley 34/1998 y artículo 66 de la Ley 39/2015).
- Cumplir con las condiciones técnicas y de seguridad de las instalaciones.
- Cumplir con las condiciones de protección del medio ambiente.
- Adecuar el emplazamiento de la instalación al régimen de ordenación del territorio.
- Demostrar capacidad legal, técnica y económica-financiera para realizar el proyecto.
- Los solicitantes deben ser sociedades mercantiles de nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea con establecimiento permanente en España.
Plazos
El plazo de presentación está permanentemente abierto.
Duración del trámite
3 meses (si no se resuelve en este plazo, se puede entender como silencio administrativo)
Información adicional
Las autorizaciones para instalaciones de distribución y almacenamiento de gas natural y GLP las resuelven los Directores de los Servicios Provinciales de Industria en su ámbito territorial. La Dirección General de Energía y Minas resuelve para instalaciones de transporte secundario (presiones entre 60 y 16 bar) e instalaciones interprovinciales de cualquier presión, previo informe de los Servicios Provinciales.
Resumen
Este trámite permite solicitar las autorizaciones administrativas necesarias para la construcción, modificación, transmisión y cierre de instalaciones de almacenamiento, gasoductos de transporte secundario y gasoductos de distribución de gas natural y gases licuados del petróleo (GLP).
Quién puede usar este servicio:
- El titular de la instalación o su representante.
- Para la transmisión de instalaciones, el interesado que pretende adquirir la titularidad de la instalación o su representante.
Plazo de presentación:
- En plazo permanente.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Proyecto o anteproyecto técnico de la instalación (junto con el estudio de impacto ambiental, si es necesario).
- Proyecto de ejecución para la aprobación de la instalación.
- Dirección de obra y la inspección de las instalaciones (para el acta de puesta en marcha).
Requisitos:
- Solicitud de autorización administrativa (artículo 67 de la Ley 34/1998 y artículo 66 de la Ley 39/2015).
- Cumplir con las condiciones técnicas y de seguridad de las instalaciones.
- Cumplir con las condiciones de protección del medio ambiente.
- Adecuar el emplazamiento de la instalación al régimen de ordenación del territorio.
- Demostrar capacidad legal, técnica y económica-financiera para realizar el proyecto.
- Los solicitantes deben ser sociedades mercantiles de nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea con establecimiento permanente en España.
Costes y plazos:
- Tasa 14.1 por actuaciones administrativas en relación con actividades industriales, energéticas y mineras. El pago se realiza mediante liquidación.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación de la documentación: Reúne todos los documentos necesarios, incluyendo el formulario de solicitud y los proyectos técnicos.
- Presentación de la solicitud:
- Telemáticamente: A través del Registro Electrónico General de Aragón (REGA). Necesitarás un método de identificación y firma electrónica (DNIe, certificado electrónico o cl@ve). Descarga el formulario, complétalo, fírmalo y súbelo junto con la documentación requerida.
- Presencialmente: Descarga el formulario, complétalo y fírmalo. Solicita cita previa en una de las oficinas de información y registro y presenta el formulario y la documentación.
- Seguimiento del trámite: Si falta información, la Administración te lo comunicará y te dará un plazo para subsanarlo.
- Aportación de documentación adicional: Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
La Administración revisará tu solicitud y la documentación aportada.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
- Si no se resuelve en este plazo, se puede entender como silencio administrativo.
Ayuda
Contacto:
- Teléfono: 976 714 000
- Correo electrónico: gestionenergetica@aragon.es
Ayuda con la tramitación electrónica:
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información:
- Órgano responsable: DIRECCIÓN GENERAL DE ENERGÍA Y MINAS
Normativa:
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de hidrocarburos
- Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural
- Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas