Inspección en materia de vivienda - Vivienda protegida o libre. 9077. Trámites Gobierno de Aragón.
Información Rápida
Objetivo
Permite a personas o entidades entregar la documentación requerida por la Dirección General de Vivienda en relación con inspecciones de vivienda, ya sea protegida o libre.
¿Quién puede solicitarlo?
Ciudadanos, empresas, organizaciones y la administración pública que hayan sido requeridos para aportar documentación en un proceso de inspección de vivienda.
Requisitos principales
- Ser requerido por la Dirección General de Vivienda para aportar documentación.
Plazos
El plazo para presentar la documentación es de 15 días hábiles una vez que se ha requerido la información.
Duración del trámite
No hay plazo de resolución, pero sí un plazo de 15 días hábiles para presentar la documentación requerida.
Información adicional
Este trámite se mantiene en plazo permanente.
Resumen
Este trámite permite a las personas o entidades requeridas por la Dirección General de Vivienda aportar la documentación necesaria para un proceso de inspección de vivienda, ya sea protegida o libre.
Dirigido a
- Ciudadanía
- Empresas y organizaciones
- Administración
Contacto y ayuda
- Teléfono: Inspección vivienda. 976 716 525
- Correo electrónico: Inspección vivienda. inspeccionvivienda@aragon.es
- Teléfono: Inspección de vivienda. 976 716 841
Ayuda con la tramitación electrónica
- Consulta las preguntas frecuentes generales de tramitación electrónica.
- Puedes consultar los tutoriales en YouTube sobre algunos aspectos clave de la tramitación electrónica.
- Si tienes dudas o problemas administrativos, contacta con el Servicio de Información y Registro:
- 976 714 000. De lunes a viernes de 9:00 a 14:00
- infoyregistro@aragon.es
- Si tienes problemas técnicos, contacta con el Soporte Técnico de Servicios Digitales de Aragón:
- 976 289 414. De lunes a viernes de 8:00 a 18:00.
- soportesda@aragon.es
- Formulario de Solicitud de Soporte Técnico
- WhatsApp: +34 973 901 905. Más información sobre el canal WhatsApp
Más información
Órgano responsable
DIRECCIÓN GENERAL DE VIVIENDA
Normativa
- Ley 10/2016, de 1 de diciembre, de medidas de emergencia en relación con las prestaciones económicas del Sistema Público de Servicios Sociales y con el acceso a la vivienda en la Comunidad Autónoma de Aragón
- Decreto 211/2008, de 4 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de solicitantes de vivienda protegida y de adjudicación de viviendas protegidas de Aragón
- Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de medidas urgentes de política de vivienda protegida
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
Proceso de tramitación y acciones disponibles
Plazo de presentación
En plazo permanente
Aportación
Puedes realizar alegaciones o aportar documentos tras presentar tu trámite.
Resolución
No hay plazo de resolución, sí que hay plazo para la presentación de la documentación, que es de 15 días hábiles.